Sala de Prensa

21 diciembre, 2017

«Los efectos secundarios de la sentencia sobre Uber», noticia publicada en Cinco Días con la opinión de Alejandro Touriño, socio director de ECIJA.

a sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea [pinche aquí para acceder a la sentencia] que ha determinado que UberPop no es un mero intermediario tecnológicosino que presta servicios que pertenecen al sector del transporte supone un duro golpe para Uber, ¿o no? Esta resolución ha sido calificada como un batacazo para la compañía estadounidense y un éxito para el gremio de taxistas. Sin embargo, las consecuencias que tendrá este fallo aún no están claras.

Se refiere solo a UberPop

En primer lugar, expertos legales insisten en que esta sentencia sólo se refiere al servicio de UberPop, el cual ya no se practica en España. Por este motivo, Leandro Núñez García, abogado y socio del despacho Audens, opina que los requisitos para que Uber opere en España no van a cambiar, puesto que la sentencia se pronuncia unicamente sobre el servicio UberPop, prestado por conductores no profesionales, y no parece que vaya a impactar directamente sobre el modelo de negocio de Uber en nuestro país.

En este sentido, desde la Asociación Española de la Economía Digital (Adigital) recuerdan que la actividad actual de Uber en España consiste en un servicio distinto a UberPop, el servicio UberX, ofrecido por conductores profesionales o flotas de vehículos que cuentan con licencias VTC.

 

A pesar de ello, desde Adigital se muestran preocupados porque el efecto de esta decisión del tribunal de Luxemburgo frene el desarrollo de la economía digital en Europa, ya que consideran que «restringe aún más la oferta disponible para los consumidores y cierra el mercado a nuevos servicios, que pueden ser más eficientes y económicos».

Sienta precedente

Y es que tal y como indica Alejandro Touriño, socio director de Écija «esta sentencia marca los criterios para discernir si una plataforma de este tipo debe someterse a la legislación sectorial o bien actúa como un mero tablón de anuncios y se rige por la legislación de internet». Es por ello, que según vaticina Touriño, este fallo puede ser el principio de muchos otros referidos a empresas de la bien o mal llamada «economía colaborativa».

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Alejandro Touriño