Sala de Prensa

29 octubre, 2013

‘Jornada ECIJA: Nueva Ley de Emprendedores. Novedades laborales, fiscales y mercantiles’

El pasado 28 de septiembre se publicó en el Boletín Oficial del Estado la Ley 14/2013, la nueva Ley de Apoyo a los Emprendedores y su Internacionalización, cuyo objetivo principal persigue ofrecer apoyo a aquellos que quieren emprender un nuevo negocio así como promover el desarrollo de la actividad empresarial dentro y fuera de nuestras fronteras.

La nueva normativa introduce importantes ventajas y novedades dirigidas a PYMES y emprendedores, a través de las que se pretende favorecer el crecimiento de nuestras empresas y la reactivación de nuestra economía.

En esta ocasión pretendemos analizar en detalle y explicar las novedades más relevantes de la Ley de Emprendedores y sus principales ventajas en materia fiscal, laboral y mercantil, encaminadas a impulsar la creación de nuevas empresas y también a fortalecer el tejido empresarial existente:

 

Así, analizaremos en materia fiscal:

– Establecimiento del sistema ‘IVA de caja’: Se aprueba un régimen optativo por el que aquellas empresas o profesionales cuyo volumen de facturación no haya superado los 2 millones de euros durante el ejercicio anterior, podrán retrasar el devengo hasta el momento del cobro total o parcial a sus clientes, acogiéndose a un criterio de caja.

– Reinversión de beneficios: Se crea una deducción del 10% de los beneficios obtenidos en el periodo impositivo, siempre que se reinviertan en la actividad económica, para aquellas empresas que cumplan con los requisitos de Empresa de Reducida Dimensión (facturación anual menor a 10 millones de euros).

– ‘Patent box’: Se modifica el régimen fiscal aplicable a las rentas que proceden de los activos intangibles, de tal forma que el incentivo recaiga sobre la renta derivada del activo cedido y no sobre los ingresos procedentes del mismo.

– Deducción por actividades de I+D: se permite, cumplidos ciertos requisitos, la aplicación de la deducción por innovaciones tecnológicas sin límite alguno.

– ‘Business angels’: Se establecen dos tipos de deducciones fiscales en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

 

La Ley también articula una serie de medidas que pretenden apoyar y fomentar la actividad emprendedora, en materia laboral, de Seguridad Social y de Extranjería, trataremos:

– Reducciones en la base de cotización mínima a la Seguridad Social: Los autónomos en situación de pluriactividad con el Régimen General, podrán elegir como base de cotización en ese momento, la comprendida entre el 50% de la base mínima de cotización establecida anualmente durante los primeros 18 meses, y el 75% durante los siguientes 18 meses, hasta las bases máximas establecidas para este Régimen Especial.

– Reducciones sobre la cuota de cotización: Igualmente se establecen, para las nuevas altas de autónomos mayores de 30 años o que no hubieran estado en situación de alta en los 5 años inmediatamente anteriores en este régimen, reducciones sobre la cuota del 80%.

– Simplificación de las cargas administrativas: la Inspección de Trabajo pondrá a disposición de las empresas, de oficio y sin necesidad de solicitud de alta, un libro de visitas electrónico por cada uno de sus centros de trabajo.

– ‘Golden Visa’ – Creación de visados de residencia para emprendedores e inversores extranjeros: Se crea un nuevo procedimiento que facilita la concesión de permisos de residencia para ejercer una actividad empresarial en nuestro país; o para extranjeros que realicen inversiones en España como la adquisición de bienes inmuebles con una inversión de valor igual o superior a 500.000 euros.

 

Por último en materia mercantil, analizaremos:

– El emprendedor responsabilidad limitada: que permite a las personas físicas evitar de manera parcial las deudas que se deriven de su actividad empresarial.

– La sociedad limitada de formación sucesiva: que carece de capital mínimo, para incentivar la actividad emprendedora.

– El inicio de la actividad emprendedora: mediante la creación de los Puntos de Atención al Emprendedor.

– Las medidas adoptadas para el fomento de la internacionalización de las actividades de los emprendedores.

– Otras medidas: tales como los apoderamientos electrónicos y aquellas destinadas a la agilización de los trámites para la formulación de las cuentas anuales abreviadas.

 

Desde ECIJA venimos aplicando una estrategia multidisciplinar, que aúna lo tecnológico y lo laboral, para superar retos a los que se enfrentan las organizaciones en estas situaciones y ofrecer una respuesta eficaz a nuestros clientes, alineando los aspectos legales y prácticos intentando ofrecer soluciones a estas contingencias, limitando los riesgos de nuestros Clientes.

El Evento tendrá lugar el próximo 12 de noviembre de 9,30h. a 11,30h. en nuestras oficinas de Torre de Cristal, Pº de la Castellana, 259C, 28046 Madrid.

Enlace a la Jornada ECIJA: ‘Nueva Ley de Emprendedores. Novedades laborales, fiscales y mercantiles’

Esperando contar con tu presencia, recibe un cordial saludo,

Gorka Vellé, Responsable del área fiscal de ECIJA

Raúl Rojas, Socio del área laboral de ECIJA

Emilio Prieto, Socio del área mercantil de ECIJA