REAL DECRETO 402/2025: procedimiento normativo para la jubilación anticipada en profesiones de riesgo y penosas
Artículo escrito por el área de Laboral de ECIJA Madrid.
El Real Decreto 402/2025, promulgado el 27 de mayo de 2025, establece el marco regulatorio preceptivo para la aplicación de coeficientes reductores de la edad legal de jubilación en aquellas ocupaciones calificadas como particularmente penosas, peligrosas, tóxicas o insalubres. Esta normativa, cuya entrada en vigor se produjo el 17 de junio de 2025, excluye expresamente a los sectores ocupacionales ya amparados por regímenes especiales de jubilación, tales como los aplicables al personal de minería, trabajadores del mar y personal de vuelo.
El presente marco jurídico tiene por objeto mitigar los efectos acumulativos de la fatiga laboral, haciendo referencia a indicadores objetivos que incluyen, sin carácter exhaustivo, las tasas de morbilidad, las estadísticas de accidentes laborales y la duración promedio de las clasificaciones de incapacidad temporal y permanente. Las solicitudes para la aplicación de estos coeficientes reductores deberán ser presentadas, a través de un procedimiento tripartito que involucre a las organizaciones empresariales, los sindicatos y las asociaciones de trabajadores autónomos. Este enfoque colaborativo persigue el establecimiento de criterios de elegibilidad transparentes y objetivos.
Es de capital importancia estipular que la aplicación de los mencionados coeficientes reductores no podrá, bajo ninguna circunstancia, dar lugar a una edad de jubilación inferior a los 52 años.