13 legislaciones locales con impuestos ecológicos en 2024
San Luis Potosí se une a la lista de ahora 13 Entidades Federativas que han establecido un impuesto ecológico por diversos tipos de emisiones.
I. Impuestos ecológicos
Son impuestos ecológicos aquellas contribuciones que buscan desincentivar la realización de actividades que puedan causar un daño adverso al medio ambiente de conformidad con un principio precautorio, que busca gravar la actividad antes de que ésta genere un daño ambiental. En México, al ser la materia ambiental de competencia concurrente entre la Federación y las Entidades Federativas, existen impuestos ecológicos aplicables en toda la República e impuestos ecológicos que solamente aplican dentro de la jurisdicción de algún Estado en particular.
San Luis Potosí se ha convertido en la decimotercera Entidad Federativa en el país en establecer un impuesto ecológico, cuya finalidad es disuadir la realización de actividades que puedan tener efectos adversos en el medio ambiente y/o recaudar fondos a partir de la realización de dichas actividades para ser invertidos en medidas para contrarrestar los efectos de estas actividades.
Las 13 Entidades Federativas que cuentan con este impuesto ecológico, ya sea por la extracción de minerales, la contaminación al suelo y subsuelo o a las emisiones a la atmósfera son Baja California, Campeche, Coahuila, Estado de México, Guanajuato, Nuevo León, Oaxaca, Querétaro, Quintana Roo, San Luis Potosí, Tamaulipas, Yucatán y Zacatecas. Adicionalmente, también existen impuestos ecológicos a nivel Federal.
Los impuestos ecológicos a nivel local existentes en estas Entidades Federativas gravan 1) la extracción y aprovechamiento de materiales o minerales del suelo y subsuelo (Baja California, Campeche, Coahuila, Nuevo León, Oaxaca, Querétaro y Quintana Roo); 2) la emisión de gases contaminantes en la atmósfera (Estado de México, Guanajuato, Nuevo León, Oaxaca, San Luis Potosí, Tamaulipas, Yucatán y Zacatecas); 3) la emisión de contaminantes en el suelo y subsuelo (Guanajuato, Nuevo León y Yucatán); 4) El depósito y/o almacenamiento de residuos (Guanajuato, Querétaro y Zacatecas); 5) la emisión de contaminantes en aguas mexicanas (Nuevo León y Yucatán).
II. Nuevo impuesto ecológico en San Luis Potosí
El pasado 18 de diciembre del 2023, el Congreso del Estado de San Luis Potosí publicó la Ley de Ingresos del Estado de San Luis Potosí que estará vigente para el año 2024 y que establece, entre otras contribuciones, un nuevo impuesto ecológico a los emisores de cantidades determinadas de contaminante a la atmósfera en el territorio del Estado.
Este impuesto entrará en vigor en la Entidad Federativa a partir del 01 de abril del 2024 y establece un impuesto equivalente a 3 Unidades de Medida y Actualización (“UMA”), por cada tonelada emisiones a la atmósfera en el territorio del Estado, lo cual equivale a un total de $325.71 por tonelada emitida.
El nuevo impuesto define las emisiones a la atmósfera como: “la expulsión directa o indirecta de bióxido de carbono, metano, óxido nitroso, hidrofluoro-carbonos, perfluoro-carbonos y
hexafluoruro de azufre, ya sea unitariamente o de cualquier combinación de ellos que afecten la calidad del aire, los componentes de la atmósfera y que constituyen gases de efecto invernadero que impactan en deterioro ambiental por provocar calentamiento global”.
El impuesto será calculado por cada contribuyente en San Luis Potosí de conformidad con los registros de emisiones que cada fuente generadora debe mantener de conformidad con lo que establecen las leyes ambientales locales y federales aplicables.
De conformidad con las tendencias observadas a nivel internacional en materia ambiental, se espera que más Entidades Federativas en México se unan a esta lista creciente estableciendo contribuciones de naturaleza similar para quienes lleven a cabo actividades que tengan un impacto ambiental adverso en sus respectivos territorios.
Nos reiteramos a la disposición de nuestros clientes para cualquier duda o aclaración respecto de estas contribuciones ecológicas, así como para cualquier cuestión jurídica relacionada con la normatividad ambiental mexicana.
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