Empresas con propósito: nueva genética empresarial para una nueva economía
La crisis climática y la inequidad social son los grandes temas de nuestros tiempos y ejes para abordar los cambios que plantean las llamadas “nuevas economías”. Desde el sector privado, las empresas, como uno de los principales motores de la economía, cumplen un rol clave en esta transformación. Cuando hablamos de esta nueva genética empresarial, hablamos de empresas de “empresas con propósito”, también conocidas como “empresas de triple impacto”, “empresas B”, “BIC”, entre otras denominaciones, hacemos referencia a un determinado tipo de empresas que buscan ser parte de las soluciones a los problemas y desafíos globales que nos afectan a todos por ser habitantes de esta “casa común” que es nuestro planeta. Un nuevo concepto de empresa que acompaña e impulsa la transición a un nuevo paradigma y que aspiran a ser las mejores empresas “para” el mundo, con marcando este aspecto de servicio y contribución al bien común.
Siguiendo con la denominación de “empresas con propósito”, utilizada en el estudio académico denominado “Las Empresas con Propósito y la Regulación del Cuarto Sector en Iberoamérica” por ser el mismo un “(…) concepto amplio, que permite abarcar a todas aquellas formas de negocio decididas a combinar el éxito financiero con el impacto social y ambiental desde el núcleo de su actividad empresarial”[1], las ubicamos en el cuarto sector al que se refiere dicho estudio, el que se da en la intersección entre los tres sectores tradicionales (público, privado y sin ánimo de lucro).
Es decir, son empresas que asumen el compromiso formal de integrar a la generación de utilidades o beneficios económicos para sus accionistas, la generación de impacto social y ambiental positivo.
Un nuevo ADN empresarial
Las empresas con propósito reflejan la existencia creciente de un “nuevo ADN empresarial”, una nueva conciencia y sentido de responsabilidad trasciende al ámbito personal y se traslada a los negocios y empresas una visión ética e integradora que va más allá de los límites de la denominada RSE (Responsabilidad Social Empresaria) encuadrada dentro del marco societario tradicional. En las empresas con propósito se trasciende este concepto; se contempla en el diseño del modelo de negocio una dimensión social y ambiental, siendo el objetivo de utilizar el poder del mercado para contribuir a solucionar los desequilibrios sociales y ambientales. Como empresas, por definición, buscan la eficiencia en la generación del valor económico, pero al mismo tiempo trabajan por generar el referido impacto, esto último históricamente dejado en manos de las fundaciones u organizaciones sin fines de lucro (ONG). Cabe resaltar las ventajas que presentan dado que no dependen de donaciones o de la filantropía para realizar su propósito social y ambiental, el proveerse sus propios recursos, al mismo tiempo que su experiencia en la competitividad del mercado, suplen los contratiempos típicos a los que se enfrentan las ONG.
Esta nueva clase de empresas que parten y se nutren de un “propósito” vinculado con una contribución valiosa al bien común, han demostrado una mayor resiliencia ante las adversidades y crisis dado que generan vínculos positivos y fidelización por parte de las comunidades en las cuales se encuentran inmersas, son elegidas por un creciente mercado de consumidores conscientes que evalúa el desempeño integral de la empresa que brinda los bienes o servicios, sobre todo adolescentes y jóvenes que poseen una nueva impronta en sus decisiones.
Antecedentes y reconocimiento legal
En 1987 queda formalmente plasmado en el informe para Naciones Unidas llamado “Nuestro Futuro Común” o también conocido como “Informe Brundtland” la consideración y preocupación por el modelo de desarrollo económico y sus posibles consecuencias. En dicho informe se acuña por primera vez el concepto de “desarrollo sostenible” como el desarrollo que permite satisfacer las necesidades de las generaciones presentes sin comprometer las posibilidades de las generaciones futuras de satisfacer sus propias necesidades, término del que tanto se habla. Esas “generaciones futuras” a las que se refería dicho informe son las que hoy se encuentran presentes viviendo los efectos que desde hace tantas décadas se anunciaban sin haberse tomado acción eficaz para evitarlos.
Este panorama lleva a considerar el sentido de lo que implica desarrollo y éxito. Las empresas con propósito parten de la importancia de que el éxito sea medido no sólo en términos económicos sino contemplando el bienestar de las personas y el ambiente.
El primer antecedente lo podemos encontrar en 2006 con la creación del movimiento B Corp en Estados Unidos. Este movimiento fue iniciado Jay Coen Gilbert, que junto a Bart Houlahan y Andrew Kassoy fundaron la organización sin fines de denominada B-Lab que al iniciar declaraba..”Imaginamos una economía global que utiliza los negocios como una fuerza para hacer el bien..”
En 2010 se les da por primera vez reconocimiento legal con la regulación para las “Benefits Corporations” en el estado de Maryland, Estados Unidos.
En Latinoamérica, el abogado argentino especialista en Derecho Ambiental, Pedro Tarak, junto a la académica colombiana María Emilia Correa y a dos empresarios chilenos, Juan Pablo Larenas y Gonzalo Muñoz, identificados con los fundamentos e interesados por la innovación que se estaba generando en Estados Unidos, comienzan a conectarse con BLab generando una alianza y trasladando la esencia de dicho movimiento con una impronta particular para la región. Rápidamente se crea Sistema B, organización que trabaja en forma sistémica para impulsar el ecosistema B, alentando la creación y desarrollo de esta clase de empresas. La primer certificación B en América Latina fue obtenida por la empresa Triciclos (Chile) en 2011.
Partiendo del antecedente americano, comienza a darse un reconocimiento legal en distintos países. El reconocimiento de las empresas con propósito a nivel estatal en América Latina se da con el movimiento legislativo impulsado por una comunidad de abogados formada por impulso de Sistema B, que busca impulsar y regular el funcionamiento de estas empresas que generan un Beneficio e Interés Colectivo (BIC). En el 2018 Colombia se vuelve el primer país iberoamericano en aprobar esta ley. Ecuador y Perú siguieron los mismos pasos aprobando sus respectivas leyes BIC en 2020.
En el 2021 Uruguay se suma como cuarto país de la región en implementar esta ley que sin crear un nuevo tipo social le brinda este “ropaje” de BIC a los tipos sociales ya establecidos por la ley de sociedades comerciales, con la innovación de ampliar el alcance y sumar a los fideicomisos, figura contractual muy utilizada y versátil para instrumentar distintas clases de negocios, que en Uruguay cumpliendo con ciertos requerimientos específicos también podrían adquirir este agregado que los individualice como BIC.
En Argentina, al momento no se ha aprobado normativa específica, pero la falta de legislación no ha sido un impedimento para el avance del ecosistema de triple impacto que ha crecido de un modo significativo. En búsqueda de dar una mejor respuesta jurídica a estas situaciones que se presentan para estas empresas y dar un marco legal, se han presentado en el país tres proyectos de Ley BIC que se encuentran siendo tratados en el Congreso.
Este fenómeno de contemplar las empresas B no se reduce solamente a Estados Unidos y Latinoamérica, también se encuentra regulación en Canadá, en Italia con la figura de “Societá Benefit”, similar legislación fue aprobada en Francia y en África, Ruanda ya cuenta con normativa similar que las contempla.
Puntualmente en España no hay legislación que reconozca de forma explícita a esta clase de empresas. Podría mencionarse como antecedente el fallido proyecto de ley del año 2013 denominado “Proyecto de Sociedad Limitada de Interés General (SLIG). Recientemente, una alianza liderada por B Lab España, junto a ciertas firmas, organizaciones y empresas entre las cuales podemos mencionar a Kreab y Danone, ha impulsado un grupo de trabajo para lograr una ley de este tipo, acompañando y adecuándose al movimiento que se está dando a nivel europeo. De este grupo surgió como resultado un “Manifiesto B”, que plantea la necesidad de esta ley, la importancia del movimiento y que ha recibido un importante respaldo de diversos sectores, tanto de sociedad civil como de organizaciones. Además de esto, se trabajó en dos documentos el “Libro Blanco” y el “Libro Verde”[2]. El “Libro Verde” plantea una introducción a las empresas con propósito, así como la justificación de su reconocimiento jurídico. El “Libro Blanco” por su lado, busca profundizar en las posibilidades, oportunidades y cómo incorporar el reconocimiento legal, diferenciado de otras figuras societarias existentes.
Desde el sector público, los gobiernos comienzan a establecer determinados objetivos de impacto, ejemplo de esto es el proyecto de ley presentado en el Reino Unido que trata sobre el bienestar de las generaciones futuras. Siguiendo el camino que Gales comenzó a transitar en 2015, este proyecto plantea a nivel gubernamental un interés directo (y la obligación) de planear metas de impacto, así como elaborar reportes. A estos efectos, se realizaría un pronóstico, y plantea crear una comisión para el bienestar de las generaciones futuras. Iniciativas como esta representan una tendencia global que marca un rumbo y repercute también a nivel empresarial, alentando el desarrollo de las empresas que se encuentren alineadas con dichos principios y objetivos, porque serán éstas las que contribuyan a cumplir las metas.
Empresas B Certificadas
En estricto sentido técnico se denomina “Empresas B”, a la empresa de triple impacto que utilizando la herramienta de medición de impacto B (“B Impact Assesment”), ha obtenido el puntaje necesario para acceder a la certificación otorgada por BLab, la certificación “B”.
Esta herramienta de medición de impacto, que es on line, confidencial y gratuita, permite a las empresas analizar su desempeño en grandes áreas: Clientes, Gobernanza, Trabajadores, Comunidad y Medio Ambiente. Con independencia de obtener el puntaje necesario mínimo que le permita certificarse, el solo hecho de su utilización para medir el impacto genera un diagnóstico sobre el desempeño de la empresa en cada una de las áreas avaluadas lo que les permite evaluar su desempeño y trazar objetivos de mejora.
En América Latina y Caribe ya son más de 800 las empresas B certificadas[3] y más de 4000 en 153 industrias en todo el mundo. La aplicación de estas métricas de reconocimiento internacional para alcanzar la certificación contribuye a brindar transparencia y confianza sobre la generación de un impacto medido y verificable, aspectos necesarios para fortalecer el referido ecosistema.
Reconocimiento legal: las sociedades BIC
Sumando a lo desarrollado en los puntos anteriores, desde hace varios años, desde medios empresariales y desde la academia se levantaron voces postulando la conveniencia de introducir en la legislación normas destinadas a regular las empresas B o con propósito. Se entendía que el Estado debía favorecer y alentar la creación de estas empresas, ya que las mismas brindan soluciones a los problemas estructurales que de otra forma debía solucionar el Estado en primer lugar y en forma casi exclusiva, es decir, estas empresas pasan a ser parte de la solución. El objetivo de dicha legislación debía ser el de institucionalizar y otorgar certeza legal y facilidades operativas a estas empresas.
Luego de describir lo que es una empresa B certificada, es importante destacar que dicha certificación no es ni supletoria ni equivalente a lo que determina la legislación en los países en los que se encuentran reconocidas legalmente estas empresas bajo el nombre de sociedades Beneficio e Interés Colectivo o BIC. Las leyes BIC refieren a la empresa con relación a un Estado. Son los Estados los que optan por reconocer por su parte y jurídicamente la existencia de estas empresas, tomando muchas veces ciertos aspectos de la certificación privada para acreditar el cumplimiento de los estándares exigidos por la ley, pero una sociedad BIC, aunque podría serlo, no necesariamente es una empresa B certificada. Una sociedad comercial podría adquirir la denominación de BIC en la medida que de cumplimiento con los requerimientos específicos que exige la ley que le resulta aplicable en la jurisdicción en la que se encuentra registrada.
Contemplando el desarrollo que se ha dado en América Latina, todos los proyectos que se han presentado en los distintos países, así como las leyes ya aprobadas y sus respectivas reglamentaciones comparten tres grandes elementos comunes, estos son:
- Modificación del objeto social
En el estatuto de la empresa debe constar en forma expresa el propósito de generar un impacto social y ambiental positivo. Esto implica un ajuste del objeto social asumiendo este compromiso formal que a su vez facultará a la empresa a tomas decisiones tendientes a su realización.
- Ampliación del deber fiduciario
Los administradores tienen la responsabilidad de velar por el cumplimiento de la generación del impacto ambiental y social al que se comprometió la empresa en su estatuto, del mismo modo y en el mismo nivel que la obligación de generar valor económico.
- Transparencia
La transparencia de la organización es un pilar fundamental de este tipo de empresas. Deben poder demostrar su impacto y hacer públicas sus acciones tendientes a realizar su propósito. Además, hay requisitos sobre transparencia interna, como es la gobernanza y la toma de decisiones en la empresa. Generalmente se exigen reportes de transparencia periódicos y públicos.
La uniformidad de criterios y base común que presenta el movimiento legislativo BIC en América Latina se debe a que los distintos proyectos de ley han sido redactados por distintos grupos jurídicos formados con el apoyo de Sistema B y la Academia B, realizando un trabajo colaborativo y coordinado de profesionales del derecho de los distintos países que ha dado solidez y coherencia al proceso tratando de armonizar criterios y conceptos, hoy funcionando como Red Latinoamericana de Abogados de Impacto.
Finanzas de impacto
Como contrapartida, este movimiento también ha despertado interés en los sectores financieros, que se han plegado al mismo de diferentes maneras. A grandes rasgos se puede decir que las finanzas de impacto o finanzas éticas apuntan a conectar inversores conscientes con empresas o negocios que generan impacto.
Grandes grupos de inversión están apuntando a financiar solamente empresas y proyectos que generen impacto social y ambiental. Un importante signo es la creación de BlackRock Global Impact Fund[4], la incorporación de criterios de impacto a uno de los fondos de inversión más grandes del mundo.
Por otra parte, otros actores del sistema financiero han dado un giro a sus modelos de negocio, quizás en una manera más gradual la banca tradicional incorporando tibiamente criterios de sostenibilidad y en proceso de transición hacia un verdadero cambio, y por otro lado un grupo de bancos que se rigen por criterios radicalmente distintos, muy desarrollado en Europa, la Banca Ética o en Valores. La Banca en Valores[5] agrupa más de 60 bancos en 40 países y busca aumentar su compromiso para enfrentar el cambio climático[6]. En América Latina podemos mencionar el proyecto de Banca Ética Latinoamericana, siguiendo el modelo de Triodos Bank, banca en valores europea, que se encuentra en proceso de construcción.
En Argentina, podemos encontrar el Grupo de Inversión de Impacto[7], que cuenta en su directorio con representantes de Puerto Asís Investments[8] y Galicia Sustentable, que cuenta además con una línea de financiamiento llamada “Línea +B”[9]. En un primer paso, acompañando tanto a las empresas de impacto y las finanzas de impacto, la Fundación de Estándares Internacionales de Reportes Financieros creó un Board específico para tratar estándares de sostenibilidad internacionales[10], entre otras alternativas de financiamiento que se presentan de un modo muy interesante para esta nueva clase de empresas, que además de pasar el clásico filtro del análisis de riesgo, puedan pasar el análisis de impacto acreditando un impacto positivo medido y verificable.
Perspectivas y desafíos para el sector jurídico
Esta nueva manera de hacer negocios es algo que cada vez resuena con más fuerza en el mundo empresarial, respondiendo a una irrefutable necesidad de transformación social y conciencia ambiental. Los criterios de sostenibilidad e impacto impregnan en forma transversal a las empresas de todos los tamaños e industrias como así también a los emprendimientos, lo que significa un desafío particular para los abogados del área corporativa y despachos que brindan asesoramiento integral para empresas dado que requiere un enfoque distinto ajustado al nuevo horizonte que se presenta.
Desde el sector público, el reconocimiento de esta nueva clase de empresas y la necesidad de impulsar su desarrollo ha llevado a determinados países a establecer regímenes con criterios de compras públicas sostenibles, dando tratamiento prioritario a aquellas empresas que acreditan generar impacto social y ambiental, como es el caso de la provincia de Mendoza en Argentina. También desde el sector público determinadas ciudades se están organizando para ser consideradas “Ciudades +B”, lo que involucra muchos aspectos que también impactan en las empresas. En materia fiscal, comienzan a generarse incentivos y exenciones impositivas para alentar el desarrollo de estas empresas que aportan a los bienes colectivos, etc.
En materia societaria, uno de los cambios radicales que plantea esta nueva genética empresarial que incorpora el impacto es la transición de la supremacía de capitalismo de los “shareholders” o búsqueda de maximizar las utilidades para los accionistas, hacia la integración de los intereses y expectativas de los “stakeholders” o partes de interés involucradas. Este es tema de la Declaración sobre el Propósito de una Corporación, emitida por la Business Roundtable en agosto de 2019[11], firmada por 181 CEOs de las empresas más grandes de Estados Unidos donde los firmantes se comprometen a crear valor no sólo para los shareholders (accionistas) sino para todos los stakeholders (grupos de interés de una organización). El concepto de “capitalismo de los grupos de interés” fue uno de los temas de la conferencia de Davos[12][13] de 2021 donde se tocarán además temas como llevar registro del cumplimiento del Acuerdo de París y los Objetivos de Desarrollo Sostenible y sus metas plasmados por Naciones Unidas- Agenda 2030.
Estos temas generarán replanteos profundos vinculados con la perspectiva jurídica para dar respuesta a por ejemplo temas de responsabilidad, derechos del consumidor, asuntos de derecho internacional privado, temas laborales vinculados a los nuevos índices de la felicidad o bienestar que empiezan a tomar fuerza y ser considerados por las empresas y estados, retención del talento y contratos de trabajo que contemplen aspectos integrales para el desarrollo del ser humano, aspectos contractuales contemplando el impacto en la cadena de valor de las empresas y otros tantos temas en los que será necesario apelar a la innovación jurídica y a tener un enfoque interdisciplinario que aporte valor a nuestros clientes, considerando el largo plazo y otras variables que tradicionalmente no eran tenidas en cuenta en los análisis jurídicos.
Son muchos los desafíos por superar, sumando la imperante necesidad de adaptación a la era digital y la variable de incertidumbre global que pone en vilo cualquier pronóstico vinculado a la economía y los negocios. Nuestra profesión, como abogados y juristas, nos ubica en una posición de enorme responsabilidad y nos presenta la oportunidad de contribuir con nuestro trabajo de un modo positivo al cambio que necesitamos ver en el mundo, entendiendo esta nueva realidad podemos brindar el marco correcto para que estos procesos de transformación se consoliden.
ECIJA Argentina
María Cecilia Amieva
Álvaro Xavier de Mello