Sala de Prensa

27 abril, 2020

Con fecha 24 de abril de 2020, la Dirección del Trabajo habilitó, en su página web (www.dt.gob.cl), la plataforma para suscribir pactos de reducción de jornada laboral de conformidad a la Ley Nº 21.227.

La mencionada norma regula tres alternativas en que los trabajadores pueden acceder a prestaciones o a complementos de remuneraciones con cargo al seguro de cesantía, a saber:

a) Suspensión de relación laboral por acto de autoridad.

B) Pactos de suspensión temporal de relación laboral (de mutuo acuerdo entre partes.

C) Pactos de reducción de jornada laboral.

Estos últimos pactos (C), es decir, aquellos de reducción de jornada que dan derecho a que los trabajadores que los suscriben obtengan un complemento de sus remuneraciones con cargo al seguro de cesantía (siempre y cuando se cumplan los requisitos para ello establecidos en la ley), se deben registrar en la página web de la Dirección del Trabajo. Dicha entidad señaló que son los empleadores quienes deben hacer este trámite, ingresando al “Portal Mi DT”.

Aquí dejamos el link para acceder al manual de uso del “Portal Mi DT”: https://midt.dirtrab.cl/static/media/Manual_MiDT.2d090298.pdf