Sala de Prensa

17 junio, 2015

Como luchar contra las estafas en plataformas de «crowdfunding» reportaje con la opinión de Alejandro Touriño y Alonso Hurtado, Socios de Information Technology de ECIJA

Los micromecenas estafados tienen la potestad de iniciar acciones penales o civiles. Las firmas de inversión colectiva también podrían actuar por incumplimiento de contrato por parte del defraudador.

El mundo del crowdfunding, la financiación participativa en Internet, ha permitido que miles de proyectos lúdicos, literarios o tecnológicos vean la luz. Sin embargo, no todas las ideas presentadas en estas plataformas han llegado a buen puerto, ya sea por falta de inversión o porque simplemente formaban parte de una estafa.

En este último caso, este tipo de delitos nunca había terminado en los juzgados. Sin embargo, un tribunal de Portland (Oregón) ha admitido la denuncia de la Comisión Federal de Comercio (CFC) contra Erik Chevalier, que logró reunir 120.000 dólares (108.000 euros) para desarrollar un juego de mesa. La CFCalegó que Chevalier, que decidió cancelar el proyecto tras 14 meses de trabajo, utilizó ese dinero para asuntos personales -pago de alquiler, mudanzas e incluso financiar otros proyectos- y nunca devolvió un solo euro a los que apoyaron su idea.

Se podría pensar que las autoridades españolas deberían seguir el mismo camino en la investigación de estos casos, pero según los expertos es poco probable que éstas entren de oficio, «puesto que estos asuntos son delitos o infracciones de naturaleza privada», explica Alejandro Touriño, socio del área de tecnologías de la información de Ecija.

Frente a esta situación, la cuestión es saber qué tipo de seguridad jurídica cubre a los micromecenas españoles y qué pueden hacer frente a estas estafas. «Nuestro país cuenta con una legislación suficiente para perseguir cualquier infracción online. En este caso, la legitimación pasiva de una eventual acción jurídica correspondería a los usuarios defraudados, aunque debido a las pequeñas cantidades que aportan, éstas no suelen prosperar, ya que normalmente el coste de pleitear supera a la cantidad defraudada», añade Touriño.

Sin embargo, el letrado apunta que si los inversores decidieran llevar ante los tribunales a los estafadores, podrían acudir a la vía penal o la civil. En el primer caso, se iniciaría una «acción penal por estafa, según dispone el artículo 248 del Código Penal (CP), que castiga a quienes, con ánimo de lucro, utilizaran engaño para producir error en otro», señala. En este caso, según el artículo 250 del CP, la condena de estos estafadores podría ser de uno a seis años de prisión y una multa de seis a doce meses. En el caso de la posible vía judicial, los inversores defraudados podrían denunciar ante los tribunales al estafador al haberse incumplido un contrato, un acuerdo pactado entre las dos partes.

Responsabilidad

Frente a la posible responsabilidad penal o civil de la propia plataforma de financiación participativa, Alonso Hurtado, también socio del área de tecnologías de la información de Ecija, asegura que estas webs no tienen ninguna obligación legal en España que les imponga el deber de validar la viabilidad, riesgo o veracidad de los proyectos.

De hecho, apunta que el artículo 51.2 de la Ley 5/2015, de fomento de la financiación empresarial, únicamente especifica que «las plataformas de financiación participativa podrán prestar servicios auxiliares, como el análisis de los proyectos recibidos o la determinación del nivel de riesgo que implica cada uno de los proyectos».

Hurtado añade en este punto que estas plataformas únicamente actúan como prestadores de servicio de la sociedad de la información, que pone a disposición un espacio para el promotor de la idea y el inversor, y sólo podría ser acusado de responsabilidad subsidiaria «si existiera algún tipo de connivencia y se demostrara el conocimiento efectivo de que el proyecto y el promotor de la idea son un fraude».

Ambos letrados explican que, a pesar de la evidente falta de responsabilidad según la citada ley, las plataformas de crowdfunding deberían reflejar con más claridad en sus condiciones generales todas las obligaciones y derechos. Touriño concluye apuntando que, en aras de la transparencia, las plataformas de crowfunding deberían ser quienes ejercieran las acciones judiciales.

Teniendo en cuenta que los defraudadores presentan una idea falsa, las plataformas podrían alegar incumplimiento de lo dispuesto en los términos y condiciones del sistema.

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