Sala de Prensa

2 julio, 2012

‘Cómo se prueban los delitos cometidos en soportes digitales?’, por Javier López, socio del área de procesal de ECIJA, publicado en la revista Economist & Jurist.

En el artículo se ofrece un análisis en profundidad sobre las cuestiones más relevantes relativas a las ‘evidencias electrónicas’, como medio de prueba cada vez más utilizado ante nuestros Tribunales para acreditar la comisión todo tipo de delitos de carácter ‘virtual’ como: ‘suplantaciones de personalidad en Redes Sociales mediante la creación de perfiles falsos; difamaciones vertidas en páginas webs, blogs, etc.; fugas de información mediante la copia no autorizada de archivos informáticos (documentos, bases de datos, contactos, correos electrónicos, etc.); ataques contra equipos informáticos y dispositivos móviles; páginas web con pornografía infantil; etc’.

De acuerdo con Javier López: ‘la evidencia electrónica puede ser definida como el soporte susceptible de almacenar información digital con la finalidad de acreditar hechos ante los Tribunales. De esta forma, es un conjunto de los rastros, no manipulados, dejados en equipos informáticos, routers, firewalls o servidores de correo tras su uso, para, por sí, o en relación, con otros hechos probados, dejar constancia de la existencia de determinados hechos’.

Asimismo Javier López apunta que: la evidencia electrónica debe ser acompañada de un informe donde se detalle el contenido y alcance de la misma, de forma que sea inteligible para el Juez y las partes que participen en el procedimiento judicial y, además, habrá de ser ratificado en el acto del juicio por el Perito informático que haya realizado la evidencia electrónica. […] Pero ello no debe hacer que se confunda una evidencia electrónica con una pericial informática, que se limitaría a ser un informe escrito respecto de una cuestión técnica informática, mientras que la evidencia electrónica la constituyen los datos (ficheros informáticos recopilados) que acreditan la realidad de un determinado hecho, siendo el informe un mero instrumento para facilitar su comprensión’.

Enlace al artículo: ‘Cómo se prueban los delitos cometidos en soportes digitales?’