Derechos de autor en la era digital
Artículo escrito por Elena Ordúñez, socia de ECIJA Madrid, publicado en Iberian Lawyer.
Desde el plagio hasta la creación de contenido, la tecnología desafía la protección de los derechos de autor en un mundo cada vez más digitalizado
Los derechos de autor protegen automáticamente el contenido original de blogs y webs. Como señala Violeta Arnaiz, directora de Propiedad Intelectual y Tecnológica de PONS IP, “la protección que brinda la propiedad intelectual a las obras artísticas, literarias o científicas es automática, es decir, no requiere un registro previo. Basta con la creación de un texto, una imagen o un post para que esté protegido y su autor pueda evitar su uso no autorizado por terceros. Cabe resaltar como apunta Arnaiz que, “el hecho de que un contenido sea accesible en internet no implica que esté libre de derechos ni que pueda utilizarse sin permiso”.
La protección de los derechos de autor se aplica tanto a blogs como a sitios web comerciales, siempre que los contenidos sean originales y merezcan dicha protección. Sin embargo, y como apunta Elena Ordúñez, socia de propiedad intelectual de ECIJA, “la finalidad comercial de las webs frente a la naturaleza más personal de los blogs significa que los contenidos en las primeras pueden ser más variados, incluyendo no solo textos e imágenes, sino también datos sobre productos y servicios”. Esto implica que, además de los derechos de autor, se debe considerar la protección de la propiedad industrial, especialmente en relación con la legislación de marcas, explica.
La importancia de la protección
Incluir cláusulas de reserva de derechos o avisos legales sobre la autoría propia o de terceros de los contenidos utilizados, así como establecer unos términos y condiciones claros sobre los usos permitidos y los usos prohibidos de los contenidos incluidos en un blog o en una página web, constituyen mecanismos importantes para conseguir la adecuada protección de aquellos por parte de autores y titulares, explica Ordúñez.
Para proteger el contenido, también es recomendable aplicar medidas técnicas, como marcas de agua en imágenes o bloquear el copiado de textos. Como subraya Ordúñez, “todo esto constituye un mecanismo clave para la adecuada protección de los derechos de los autores y titulares”
Derechos de autor de terceros
Ser consciente de los derechos de autor de terceros, asegurándose de tener los permisos necesarios para usar su contenido es otro aspecto clave, como señala Ordúñez. Arnaiz también explica que lo dicho sobre la protección de contenidos propios se aplica igualmente a los de terceros. “Que un contenido esté libremente disponible en internet no implica autorización para su uso sin permiso, salvo que así se especifique. En caso de licencias, recursos de bancos de imágenes o cortes musicales, es esencial conocer y respetar las condiciones establecidas, verificando los derechos garantizados y las limitaciones», concluye.
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