Sala de Prensa

25 mayo, 2023
El Salvador

Fashion law en El Salvador | derecho especializado

La Industria de la moda, un tema poco abordado en nuestro contexto local, sin embargo, en los últimos años El Salvador ha visto surgir nuevos proyectos, que tácitamente lo convierta en una plataforma fértil para esta industria y llega a El Salvador sin percatarnos.

Resultaría imposible en un solo documento hacer un análisis completo que englobe esta concreta materia, por lo que nos centraremos en realizar un resumen introductorio que nos permita vislumbrar lo que significa el Derecho de la Moda o Fashion Law, como se conoce internacionalmente.

Dicho lo anterior, el Derecho de la Moda es una novedosa y específica rama del derecho que surge del incremento de actividades y actores principales que se encuentran en la parte productiva de esta industria. Entendiendo por productor de moda, todo aquel que realiza actividades tanto en conceptualización, diseño, ventas, actividades creativas, operativas y estratégicas, organizativas, comerciales, marketing, hasta las actividades de imagen y comunicación, siendo los productos que podemos identificar dentro de estas categorías: textiles, prendas de vestir, bolsos, artesanías, joyas, perfumes, zapatos, cosméticos, entre otros.

Al buscar referentes del concepto de Fashion Law, encontramos que sus primeras menciones llegan a iniciativa de una abogada estadounidense de nombre Susan Scafidi, quien es la primera en señalar la importancia de formar profesionales en el negocio de la moda y es la primera profesora universitaria en dictar un curso sobre este tema, siendo fundadora del Fashion Law Institute de la Universidad de Yale.

Todas las definiciones de Fashion Law, hacen referencia a que se compone de distintas ramas del derecho y que la normativa es dispersa, pues no cuenta con una regulación específica. Lo anterior, constituye un gran reto para los profesionales que decidan atender las necesidades legales de esta industria, pues se pondrá a prueba su labor investigativa y de análisis para poder ubicar e integrar los cuerpos de ley, que sea necesario tomar en cuenta.  Entre las ramas del derecho que integran el Fashion Law, podemos mencionar: propiedad industrial e intelectual, derecho del trabajo, contratos, derecho publicitario, derecho de imagen, derecho aduanero, fiscal y derecho de la competencia, etc.

 

DERECHO LOCAL | ASESORES ESPECIALISTAS

Como muchos de los temas vinculados a la asesoría legal, en el Fashion Law hablamos de protección de derechos. En la moda, el creador, tiene una idea en su mente y para que la misma sea exitosa tendrá que ser creativa, innovadora, adecuada a la realidad que estamos viviendo y lo que la sociedad demanda en el momento concreto, pero las ideas son intangibles cuya protección se materializa protegiendo los derechos de su creador, quien es su propietario y lo cual nos remite al ámbito de la propiedad intelectual, vinculado con propiedad industrial.

Para ejemplificar la complejidad que requiere el entendimiento de un profesional que asesora en el Derecho de la Moda y de esa manera justificar la necesidad de contar con una asesoría especializada, procedemos a analizar:

  • Nuestra Ley de Propiedad Intelectual, en su artículo 1, establece por objeto de la ley: “…asegurar una protección suficiente y efectiva a la propiedad intelectual, estableciendo las bases que la promueven, fomenten y protejan. Esta Ley comprende derechos de autor, derechos conexos, propiedad intelectual en lo relativo a invenciones, modelos de utilidad, diseños industriales o comerciales y datos de prueba.” Y en el artículo 4 del mismo cuerpo de ley, establece que: “El autor de una obra literaria o artística, tiene sobre ella un derecho de propiedad exclusivo, que se llama derecho de autor”

Por otro lado, encontramos que la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos en su artículo (1) establece como objeto de la ley: “…regular la adquisición, mantenimiento, protección, modificación y licencias de marcas, expresiones o señales de publicidad comercial, nombres comerciales, emblemas, indicaciones geográficas y denominaciones de origen, así como la prohibición de la competencia desleal en tales materias”

De lo anterior podemos concluir que, un mismo producto, idea o creación en la Industria de la Moda, es susceptible de diversas protecciones, las cuales son compatibles entre sí y un correcto manejo de la información del abogado especialista llevará a la optimización de los recursos que existen en la ley, para proteger a su cliente.

  • La Industria de la moda, especialmente en el rubro textil, se considera junto con la industria del petróleo, de las mas contaminantes y dañinas para el medio ambiente, debido a los procesos que la misma requiere y también al aceleramiento de consumo en los últimos tiempos, hoy por hoy, las prendas de vestir de bajo costo, invaden los canales de comercialización de este tipo de productos.

Nuestra Ley de Medio Ambiente, en su artículo 5 define: “…IMPACTO AMBIENTAL: cualquier alteración significativa, positiva o negativa, de uno o más de los componentes del ambiente, provocados por acción humana o fenómenos naturales en un área de influencia definida… COMPENSACIÓN AMBIENTAL: conjunto de Mecanismos que el Estado y la población puede adoptar conforme la Ley para reponer o compensar los impactos inevitables que cause su presencia en el medio ambiente. Las compensaciones pueden ser efectuadas en forma directa o a través de agentes especializados, en el sitio del impacto, en zonas aledañas o en zonas más propicias para su reposición o recuperación.”

En ese sentido, cuando el negocio amerite y sea clasificado como de aquellos que requiere la obtención de permisos especiales para su funcionamiento, el correcto acompañamiento del asesor es fundamental ya que manejando correctamente estos aspectos regulatorios, analizando la normativa en función de su actividad específica, el negocio tendrá la capacidad de integrar de forma armónica dentro de sus objetivos, buenas prácticas corporativas, aspectos económicos, éticos, entre otros, generando así una cadena de valor.

  • Por mencionar otro ejemplo, los asesores especialistas para la Industria de la moda, en materia de contratos, se verán en la necesidad de confeccionar documentos de aquellos conocidos como innominados, es decir que no existen conceptualizados en nuestro derecho o costumbre local, sin embargo, el estar en el medio y conocer la industria le permitirá manejar la terminología, procesos y aspectos fundamentales para que el documento cubra las expectativas y necesidades del cliente.
  • Otras tareas que forman parte de las funciones de un asesor especialista para la Industria de la Moda son, por ejemplo: litigios de propiedad intelectual, el correcto manejo de las clasificaciones y regímenes fiscales y aduanales especiales, que puedan aplicar al rubro específico en el que se encuentre categorizado el cliente, importación-exportación, licencias, franquicias, entre otros.

CONCLUSIONES

Para concluir con este artículo, como hemos mencionado en la parte introductoria, en el Derecho de la Moda influyen muchas ramas jurídicas, para efectos del presente artículo hemos mencionado las principales, de lo cual se puede advertir la ardua tarea que representa proteger la creación de un artículo o producto y que se acrece cuando esta protección se requiere para que el mismo sea comercializado en diversas jurisdicciones, cada una con su respectiva legislación.

Otra conclusión, es que resulta evidente la necesidad de crear una legislación local y convenios internacionales, que en el ámbito de la moda faciliten los procesos tanto para la comercialización, de protección y demás aspectos relacionados que hoy por hoy se abordan de manera individual y pormenorizados, pudiendo crearse políticas y programas destinados específicamente a hacer más eficientes los procesos en este sector de la industria.

Nathania García-Prieto

Chief Growth Officer