Sala de Prensa

21 diciembre, 2020

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Guía para la presentación de proyectos financieros al espacio de pruebas controlado de la Ley 7/2020, de 13 de noviembre, para la transformación digital del sector financiero (el “sandbox”)

La presente nota pretende servir como guía para la presentación de solicitudes para el sometimiento de proyectos financieros innovadores (el “Proyecto”) al espacio controlado de pruebas o “sandbox” que se establece en la Ley 7/2020, de 13 de noviembre, para la transformación digital del sistema financiero (la “Ley Sandbox”) y la Resolución de 15 de diciembre de 2020 de la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional.

REQUISITOS MÍNIMOS

Podrán presentarse aquellos que cumplan con estos 3 requisitos:

  • Sean innovadores: el proyecto debe aportar potencial utilidad o valor añadido sobre los usos ya existentes en, al menos, uno de los siguientes aspectos:
    • Facilitar el cumplimiento normativo mediante la mejora u homogeneización de procesos u otros instrumentos;
    • Suponer un eventual beneficio para los usuarios de servicios financieros en términos de reducción de los costes, de mejora de la calidad o de las condiciones de acceso y disponibilidad de la prestación de servicios financieros, o de aumento de la protección a la clientela;
    • Aumentar la eficiencia de entidades o mercados; o,
    • Proporcionar mecanismos para la mejora de la regulación o el mejor ejercicio de la supervisión financiera.
  • Fase avanzada: el proyecto deberá estar en una fase suficientemente avanzada para probarse de forma que exista un prototipo que ofrezca una funcionalidad mínima para comprobar su utilidad (dicha funcionalidad puede estar incompleta respecto a posteriores versiones del proyecto).
  • Ausencia de incompatibilidad: el proyecto no podrá ser un similar a otros, cuyos promotores guarden identidad o tengan una vinculación jurídica relevante con los promotores de proyectos que hayan sido objeto de una resolución motivada de interrupción en los dos años anteriores a la fecha límite de acceso al espacio controlado.

RÉGIMEN DE ACCESO – PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

Documentación requerida

  • Cumplimentar el modelo de solicitud normalizado facilitado por la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional (el “Modelo[1]).
  • Presentar una memoria justificativa del Proyecto (la “Memoria Justificativa”). La Memoria Justificativa deberá:
    • Explicar el proyecto;
    • Detallar que cumple con los requisitos que se indican en la sección 2.2 de esta nota.
    • Determinar cómo pretende cumplir con el régimen de garantías que se establece en el punto 3.1 de esta nota.

Plazos

  • Semestralmente la Secretaría del Tesoro y Financiación Internacional indicará la fecha límite para presentar solicitudes (la “Fecha Límite”). La próxima Fecha Límite será el 23 de febrero de 2021.

PROCESO DE EVALUACIÓN DE SOLICITUES

Documentación requerida

  • Un protocolo de pruebas (el “Protocolo”) que se suscribirá entre el Promotor y la Autoridad Competente y que contendrá, al menos, la siguiente información:
    • Límite de usuarios y operaciones, importe de estas últimas y tiempo de realización de las pruebas;
    • Forma en la que se llevará el seguimiento de las pruebas;
    • Fases del proyecto y los objetivos a alcanzar en cada una de las fases junto con el alcance de cada prueba y la duración de las mismas;
    • Recursos para llevar a cabo las pruebas;
    • Sistema de garantías y/o cláusulas de confidencialidad.
    • Garantías financieras para cubrir los daños que deberán ser proporcionales a los riesgos del proyecto.
  • Un documento informativo (las “Bases Legales”) que contendrá, al menos, la siguiente información:
    • Naturaleza, carácter de prueba, implicaciones, riesgos y responsabilidades que pudieran derivarse de su participación en las mismas, y, en particular, el régimen de garantías establecido en el Protocolo;
    • Régimen de desistimiento;
    • Forma en la que se tratarán los datos personales y/o acuerdos de confidencialidad existentes.
    • Plazos
  • El Protocolo deberá aprobarse conjuntamente con la autoridad supervisora en los 3 meses siguientes a la publicación de la Lista Provisional.
  • Las Bases Legales deberán ser aprobadas por la autoridad supervisora competente y deberán ser aceptadas (consentimiento expreso) por todos los participantes con anterioridad al comienzo del periodo de pruebas.

EXAMEN DE RESULTADOS – PASARELA DE ACCESO A LA ACTIVIDAD

Documentación requerida

El Promotor deberá redactar una memoria en la que se recogerán las conclusiones acerca de los resultados del proyecto (“Memoria de Resultados”).

Pasarela de actividad

La autoridad competente elaborará un documento de conclusiones sobre desarrollo y resultados.

Asimismo, el Promotor podrá solicitar la autorización para operar o ampliarla si ya dispusiera de una.

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1]https://www.tesoro.es/sites/default/files/resolucuion_15122020_secretaria_general_tesoro.pdf