Los datos estadísticos no necesitan protección
Opinión de Trinidad Laborde, abogada de ECIJA Chile.Trinidad Laborde, abogada especialista en protección de datos y compliance , no está de acuerdo jurídicamente con la postura que tomó el Mineduc. 'El dato personal va a ser relativo a cualquier información concerniente a una persona natural identificada o identificable. Así, mi nombre es un dato personal, mi apellido es un dato personal. Pero en el momento en que deja de estar ligado a una persona específica, deja de ser un dato personal', plantea.
'Cuando la universidad entrega a los medios de comunicación un ranking que te dice 'el promedio de puntaje de los alumnos fue 800 puntos' eso no es un dato personal; es un dato agregado, porque no tienes cómo saber qué puntaje sacó Juanito Pérez que vive en la comuna de Temuco, por ejemplo. No da ninguna información de una persona determinada y los datos estadísticos o agregados no necesitan protección', establece. La abogada destaca que el Demre (organismo encargado de realizar la PAES) le entrega a los planteles toda la información de los postulantes. 'Van con Rut: la universidad conoce el dato de la persona natural y tiene el dato personal. Lo que hacen es un análisis y lo convierten en datos globales, grupales', comenta.
'Hay un poco de incongruencia. Si hubiese un minuto en que se podrían poner en riesgo los datos personales -habría que hacer un análisis un poco más extenso sobre eso- podría ser en el minuto en que la universidad está haciendo el análisis, pero en ningún caso sería cuando la universidad comparte el dato con la prensa', opina. 'Es un poco contradictorio que se permite utilizar el documento para análisis interno de las instituciones, pero se prohíba difundirlo de manera masiva', concluye.