Sala de Prensa

3 agosto, 2021

 Prórroga a reformas de subcontratación

El pasado viernes 30 de julio de 2021, el Senado aprobó la ampliación al plazo de la entrada en vigor de las reformas en materia de subcontratación de personal, publicadas el 23 de abril de 2021, en el Diario Oficial de la Federación.

Con el fin de facilitar el cumplimiento de las nuevas obligaciones, y en atención a la solicitud expresa de múltiples empresas respecto a la necesidad de contar con un plazo mayor que les permita concluir con los trámites tendientes a regularizar sus esquemas de subcontratación de personal tanto a nivel interno (insourcing) como externo (outsourcing), se prorrogaron los plazos establecidos en los transitorios de la reforma.

Originalmente, las reformas entraban en vigor el día 24 de abril de 2021 en lo general, contemplándose los siguientes plazos para la entrada en vigor de los supuestos que a continuación mencionamos:

  • El aviso de registro de los contratistas de servicios u obras especializadas ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), debía obtenerse a más tardar el 22 de agosto de 2021.

 

  • La transferencia de los trabajadores a la empresa beneficiaria, vía sustitución patronal, podía realizarse sin necesidad de transmisión de activos, hasta el 22 de julio de 2021.

 

  • La baja de múltiples registros patronales para una misma clase y, en su caso, la solicitud de un único registro debía verificarse a más tardar el día 22 de julio de 2021.

 

  • La obligación de los contratistas de presentar los informes cuatrimestrales ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) con relación a los contratos de servicios u obras especializadas celebrados con sus clientes, entraba en vigor el 22 de julio de 2021.

 

  • La sustitución patronal, hecha dentro de los 90 días siguientes, contados a partir de la entrada en vigor de la reforma, respecto de las empresas que operaban bajo el esquema de outsourcing, siempre y cuando estas migraran a sus trabajadores respetando y reconociendo los derechos laborales que tenían desde antes.

A partir de la aprobación de la prórroga a la entrada en vigor de las reformas, el nuevo plazo para dar cumplimiento a las disposiciones referidas con anterioridad será hasta el 1° de septiembre de 2021.

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