12 diciembre, 2024
Costa Rica
Nueva ley elimina la figura del Agente Residente
El pasado 03 de diciembre con la publicación en el Alcance 195 a La Gaceta No. 227, entró en vigor la ley que elimina la figura del Agente Residente de las sociedades mercantiles para recibir notificaciones judiciales y administrativas.
La figura del agente residente era obligatoria en los casos en que los representantes legales de las sociedades no fueran costarricenses o residentes de nuestro país, y su función principal era servir como punto de contacto para la recepción de comunicaciones dirigidas a la sociedad.
La eliminación de esta figura implica, a partir de la entrada en vigor de la ley, para las nuevas sociedades, con o sin representante legal extranjero o no residente, que se constituyan; y, adicional a una dirección actual y cierta dentro del territorio nacional, la obligación de registrar una cuenta de correo electrónico para recibir dichas notificaciones.
Para las sociedades ya existentes, con o sin agente residente nombrado y con o sin representante legal extranjero o no residente, el Registro Nacional tendrá un plazo de seis meses, a partir de la entrada en vigor de esta ley, para implementar la vinculación de las cuentas de correo electrónico. Las sociedades mercantiles ya inscritas, por su lado, contarán con un año -vencido el plazo anterior- para solicitar la inscripción de la cuenta de correo electrónico válida para notificaciones ante el Registro. Tan pronto contemos con mayores detalles sobre el procedimiento asociado, lo estaremos comunicando.
Para mayor información rescríbanos a: hola.costarica@ecija.com