‘Nueva Ley General de la Comunicación Audiovisual: El modelo autonómico televisivo, en la encrucijada’, reportaje con la opinión de Sara García, abogada del área de Information Technology de ECIJA, entre otros expertos, publicado en Diario Jurídico, portal de actualidad del sector legal de la editorial V | Lex.
A propósito de la entrada en vigor el pasado 3 de agosto de la Ley 6/2012, de 1 de agosto de modificación de la Ley 7/2010, de 31 de marzo, General de la Comunicación Audiovisual, para flexibilizar los modos de gestión de los servicios públicos de comunicación audiovisual autonómicos.
Esta reforma altera por completo el sistema regulatorio de las televisiones públicas autonómicas instaurado por la extinta Ley 46/1983, de 26 de diciembre, del Tercer Canal de Televisión. Con esta nueva regulación, las Comunidades Autónomas podrán suprimir o privatizar en parte o en su totalidad sus operadores de titularidad pública y, en el caso, de que se queden con la gestión no podrán tener déficit.
En opinión de Sara, ‘la importancia singular de esta Ley, en vigor desde el pasado viernes día 3 de agosto, radica en la habilitación a las Comunidades Autónomas de la posibilidad de decidir el modo de gestión del espectro radioeléctrico que les haya sido reservado o adjudicado.
Con la entrada en vigor de esta norma, las Comunidades Autónomas pueden decidir, por tanto, la gestión directa o indirecta de la prestación del servicio público de comunicación audiovisual a través de distintas fórmulas de colaboración público-privada. En este sentido, resulta preciso indicar que lo que se pretende es la cesión de la gestión del servicio, no la titularidad del mismo, que sigue recayendo sobre una Administración Pública’.
Link al reportaje: ‘Nueva Ley General de la Comunicación Audiovisual: El modelo autonómico televisivo, en la encrucijada’