Sala de Prensa

22 noviembre, 2021

Objetivos de reutilización, reciclado y valoración de residuos y los nuevos retos de la Unión Europea

Tribuna de Víctor Moralo, socio de ECIJA, para Residuos Profesional.

De los datos de los que actualmente se disponen, se deduce que España no ha alcanzado el objetivo del 50% de reciclaje establecido para antes del año 2020 por la Directiva Marco de Residuos. Aun así, siguen sin establecerse muchas de las medidas recomendadas por Europa.

 

El pasado 2 de noviembre el Consejo de Gobierno del País Vasco aprobó el Plan de Prevención y Gestión de Residuos del País Vasco 2030, que marcará la estrategia a seguir por Euskadi durante la próxima década. Los objetivos previstos por el Gobierno Vasco para el año 2030 son reducir en un 30% la tasa de generación de residuos totales; aumentar la recogida selectiva de los residuos urbanos hasta un 85%; reutilizar el 85% de los residuos no peligrosos convirtiéndolos en materiales secundarios, y reducir a menos del 15% la eliminación en vertederos. De acuerdo con las últimas cifras disponibles, más de la mitad de los residuos del País Vasco, un 55 %, corresponden a residuos no peligrosos, un 20% a residuos de construcción y demolición; un 20% a residuos municipales y un 5% a residuos peligrosos.

En cuanto al tratamiento que reciben estos residuos, menos del 1% se prepara para la reutilización, el 57% se recicla, un 6% se valoriza energéticamente, y un 37 % se elimina mayormente en vertedero.

En particular, en lo referente a ese 20% de los residuos municipales, constituyen una de las corrientes de mayor generación, respecto a la cual ya la Directiva y artículo 22.1.a) de la Ley de Residuos establecían el objetivo de que el 50% de los mismos debería ser efectivamente destinado a la preparación para la reutilización o a proceso de reciclado. El artículo 11 de la Directiva Marco de Residuos de 2008 (actual artículo 22 de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados), señala literalmente lo siguiente: “a) Antes de 2020, la cantidad de residuos domésticos y comerciales destinados a la preparación para la reutilización y el reciclado para las fracciones de papel, metales, vidrio, plástico, biorresiduos u otras fracciones reciclables deberá alcanzar, en conjunto, como mínimo el 50% en peso”.

Dentro de estos residuos estarían los de envases ligeros, respecto a los cuales el Plan de Prevención y Gestión de Residuos del País Vasco recientemente aprobado y publicado, reconoce solamente una tasa del 37%. Dato extremadamente preocupante si tenemos en cuenta lo nuevos objetivos que se exigen desde la Unión Europea.

En este mismo sentido se manifestada el secretario de Estado de Medio Ambiente del MITERD hace unos días, con motivo de una visita a Asturias, afirmando que España se arriesga a ser multada por la Unión Europea si no alcanzaba los objetivos de recogida y reciclaje de envases. Este aviso viene a traer a colación la mala situación de partida que tiene nuestro país de cara a la consecución de los nuevos objetivos que nos marca la Unión Europea y que se recogen en el Proyecto de Ley de Residuos y Suelos Contaminados actualmente en tramitación en el Congreso de los Diputados.

Y es que tanto el País Vasco como Asturias, al igual que el resto de Comunidades Autónomas, están muy lejos del 50% que exigía Bruselas ya para 2020 en recogida y reciclado de envases. La UE estableció como meta lograr que para el 2020 al menos un 50% de los residuos municipales se prepararan para ser reutilizados o reciclados.

Pues bien, el incumplimiento del referido objetivo legal es causa en buena parte de la actuación llevada a cabo por el Estado español en los últimos años, y se deduce del seguimiento de las evaluaciones realizadas por la Comisión Europea a España con respecto a la posible consecución de los objetivos fijados por la Directiva Marco de Residuos. Efectivamente, de los datos de los que actualmente se disponen, de las proyecciones realizadas, de los informes emitidos y de no haber aplicado los cambios disruptivos sugeridos por la Comisión Europea en su día, se deduce que España no ha alcanzado el objetivo del 50% de reciclaje establecido para antes del año 2020 por la Directiva Marco de Residuos 2008.

En el 2016, el porcentaje de reciclado de residuos municipales (incluido el compostaje) notificado por España a Eurostat era del 30%, mientras que su tasa de vertido era del 57 %. En el año 2017, mientras que la media de residuos municipales reciclados de los países europeos se situaba en el 46,5%, en España este porcentaje se quedaba en el 33,5%. En el año 2018 hubo una ligera mejora, pero el dato de reciclaje estimado por Eurostat para el año 2019 fue de un 34,7%, una décima por debajo del dato reportado para 2018, consolidando una tendencia a la baja desde 2017.

El incumplimiento es consecuencia, en su mayor medida, de la falta de implementación de las medidas necesarias y recomendadas para conseguir alcanzar el porcentaje establecido del 50%. El Estado español no ha desplegado prácticamente ninguna de las recomendaciones realizada por la Comisión Europea en el sistema de alerta temprana, indicándose en el año 2018 que «España está en riesgo de no alcanzar el objetivo para 2020, consistente en la preparación de hasta un 50% de residuos municipales para la reutilización y el reciclado«.

Así las cosas, a fecha de hoy siguen sin establecerse muchas de las medidas recomendadas por Europa. No se ha puesto en marcha un sistema de recogida selectiva obligatoria de biorresiduos; no se ha introducido un régimen fiscal armonizado sobre la eliminación de residuos; no se han impuesto tasas municipales de residuos obligatorias; no se han implementado sistemas de reciclaje de alta calidad o sistemas de incentivo como el de depósito, devolución y retorno, como sí existen en los países europeos con mayores tasas de reciclaje.

Además, dicho incumplimiento resulta aún más evidente, si se tienen en cuenta las declaraciones efectuadas por algunas Comunidades Autónomas, como es el caso expuesto del País Vasco, que así lo indica en el recientemente Plan de Prevención y Gestión de Residuos, o el de las Islas Baleares que así lo declaró en su Informe de 2020.

Efectivamente, a finales del año 2021 la Consejería de Medio Ambiente y Territorio elaboró un informe titulado “Análisis del sistema de gestión de los residuos municipales en las Illes Balears”. En el referido informe se concluía que no se han cumplido los objetivos de recogida separada, reciclaje y valorización marcados por la Directiva Marco 2008 para el año 2020 y que quedaba aún mucho camino por recorrer si se quieren alcanzar los nuevos objetivos de la Ley de Residuos de las Islas Baleares y la legislación europea en materia de residuos (Directiva Marco de Residuos 2018). Para alcanzar los referidos objetivos sería necesario incrementar el índice de recogida selectiva un 43% antes de 2020, poniendo especial atención a la fracción orgánica de residuos municipales, debido a su superabundancia relativa en peso (casi la mitad de los residuos municipales) y a su bajo índice de reciclaje (menos del 5%), así como a los envases ligeros, debido a su superbajo porcentaje de reciclaje (25%) y a su impacto sobre el medio. Igualmente, habría que aumentar el reciclaje de envases ligeros un 26% antes de 2020 y 50% antes de 2030, así como disminuir el uso del sistema de depósito en vertedero de los residuos municipales y comerciales un 26% antes de 2030. En dicho marco de incumplimiento, el legislador autonómico reguló un canon propio para gravar la disposición y eliminación de los residuos municipales destinados a depósito controlado o incineración, mediante la Ley 3/2020, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2021.

Sin duda alguna, estos datos hechos públicos y que afectan tanto al País Vasco como a las Islas Baleares, resultan perfectamente extrapolables para todo el territorio de España, toda vez que el grado de compromiso y las medidas adoptadas por el Gobierno balear o el vasco son muy superiores a los de otros gobiernos autonómicos.

En definitiva, queda mucho camino por recorrer si aspiramos a alcanzar los nuevos objetivos europeos establecidos en la Directiva (UE) 2018/851 para los años 2025 (objetivo del 55% en peso), 2030 (objetivo del 60% en peso) y 2035 (objetivo del 65% en peso). Nuevos objetivos que se transponen en el Anteproyecto de Ley de Residuos y Suelos Contaminados, actualmente en tramitación en el Congreso de los Diputados. Confiemos ahora en que el Parlamento sepa adoptar las medidas recomendadas por la Comisión Europea, medidas disruptivas concretas que ayuden a cumplir los objetivos sin posponer su implantación regulaciones posteriores para cada flujo de resido.

En cualquier caso, no podemos estar más de acuerdo con el secretario de Estado de Medio Ambiente, por cuanto que esta es una asignatura pendiente, que hay que aprobar por convicción ecológica, pero también para evitar sanciones económicas millonarias.

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Víctor Moralo