Sala de Prensa

17 febrero, 2020

Este artículo fue publicado por Cinco Días Legal.

La “mayor filtración de datos bancarios desde los Papeles de Panamá”. Así calificaron muchos medios el ciberataque producido en noviembre del año pasado al Banco Nacional de las islas Caimán.

Los paraísos fiscales ya quedaron en el ojo del huracán tras la filtración de los Papeles de Panamá en 2016. Numerosos medios de comunicación revelaron un escándalo en el que se vieron involucradas varias personalidades del mundo y que revelaron fraudulentos mecanismos de evasión fiscal, poniendo de relieve estrategias de optimización para evitar los impuestos.

Esta atención mediática provocada por estos ciberataques en los últimos años genera una pregunta habitual sobre la sociedad offshore. Pero ¿qué hay realmente de ilegal en esta práctica?

Uno de los grandes dilemas éticos del sector financiero gira alrededor de la creación de sociedades en un país extranjero, más aún si ese país es considerado un paraíso fiscal. El terreno que separa la legalidad de la ilegalidad en las sociedades offshore es más difuso de lo que a priori pueda parecer.

La opinión generalizada en la actualidad es que tener una sociedad offshore implica una ilegalidad. Sin embargo, no necesariamente su constitución está siempre destinada a cometer un delito.

Invertir y crear empresas en estos territorios no es ilegal. Son territorios que han utilizado su soberanía para centrarse en los servicios financieros y del sector asegurador donde aprobaron hace mucho tiempo unas leyes que favorecían el anonimato a quien así lo deseara, en la misma forma que lo hizo Suiza, aunque quizás con algo menos de arraigo y elegancia.

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