31 diciembre, 2021
NOTA relativa al Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de trabajo.
Esta nota de urgencia tiene una intención práctica, -considerando que la gran parte de esta reforma ya es vigente-, sin perjuicio de ulteriores estudios de mayor profundidad, sobre aquellos puntos de dicha reforma que sean más conflictivos o dudosos en su forma de aplicación.
- RESUMEN DEL CONTENIDO DE LA REFORMA.
- La Negociación Colectiva vuelve a tener un papel central.
- Los convenios colectivos recuperan la ultraactividad indefinida.
- El convenio de empresa deja de ser prevalente en materia salarial, evitando las prácticas de devaluación salarial.
- Se regula la equiparación salarial en los casos de contratas y subcontratas.
- Desaparece el contrato por obra o servicio.
- La contratación temporal podrá justificarse por circunstancias de la producción o por sustitución de la persona trabajadora.
- Se opera un cambio de modelo respecto al contrato formativo que tendrá dos modalidades: formación en alternancia y obtención de la práctica profesional
- Se rediseñan los desincentivos de los contratos de muy corta duración para reducir la excesiva rotación.
- Se introducen mecanismos de flexibilidad interna, (E.R.T.E.), con exoneraciones a la Seguridad Social e incentivos a la formación, como alternativa a la temporalidad y para reducir los despidos en momentos de crisis o reconversión, siguiendo el modelo usado durante la pandemia.
- El Gobierno efectuará una evaluación de los resultados obtenidos por las medidas previstas en enero de 2025.