Sala de Prensa

18 junio, 2020

Nuevas medidas para garantizar la liquidez y reforzar la financiación empresarial ante el COVID-19

El 17 de junio de 2020 se publicó en el BOE la resolución del pasado martes, 16 de junio de 2020, de la Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros para aprobar el quinto tramo de la línea de avales que agota los 100.000 millones de financiación aprobada en virtud del Real Decreto-Ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19 (el “RDL 8/2020”).

La liberación de los cuatro primeros tramos de la línea de avales ha sido objeto de análisis en nuestra nota informativa de fecha 29 de marzo de 2020 (enlace), la publicación de fecha 13 de abril de 2020 (enlace), la nota informativa de fecha 13 de mayo de 2020 (enlace) y la nota informativa de fecha 25 de mayo de 2020 (enlace).

Este último tramo de avales, que como novedad incluye como destinatarios específicos de dos subtramos al sector turístico y al de la automoción con el fin de paliar los efectos en su actividad como consecuencia del COVID-19, se concede por un importe total de 15.500 millones de euros que se distribuirá del siguiente modo:

  • Pymes y autónomos: 7.500 millones de euros.
  • Grandes empresas: 5.000 millones de euros.
  • Sector turístico y actividades conexas: 2.500 millones de euros.
  • Sector automoción: 500 millones de euros.

 

  • Pymes, autónomos y grandes empresas:

Son de aplicación a este quinto tramo todas las condiciones y términos previstos en los Acuerdos de Consejo de Ministros de 24 de marzo, 10 de abril, 5 de mayo y 19 de mayo de 2020, incluyendo sus anexos, relativos a la aprobación de los tramos anteriores.

  • Sector turístico y actividades conexas:

Además de las condiciones y términos previstos en los anteriores acuerdos, este subtramo tiene como condiciones adicionales:

  1. Beneficiarios: pymes y autónomos del sector turístico y actividades conexas[1].
  2. Cobertura del aval: porcentaje máximo del 80% sobre el importe principal del préstamo.
  3. Importe máximo del préstamo por cliente: el importe nominal del préstamo a avalar no podrá superar 1.500.000 euros por pyme o autónomo.
  4. Finalidad: cobertura de las necesidades de liquidez, financiación de los gastos o inversiones necesarios para la mejora, ampliación o adaptación de las instalaciones, equipos y servicios prestados por las pymes y autónomos.
  5. Plazo de solicitud: hasta el 30 de septiembre de 2020[2].
  • Sector automoción:

Asimismo, este subtramo, además de las condiciones y términos previstos en los anteriores acuerdos, tiene las siguientes condiciones adicionales:

  1. Beneficiarios: empresas y autónomos que requieran financiación para la adquisición o arrendamiento financiero u operativo de nuevos vehículos de motor de transporte por carretera para su uso profesional.
  2. Finalidad: la adquisición o arrendamiento financiero u operativo de nuevos vehículos de motor de transporte por carretera para el uso profesional.
  3. Plazo de solicitud: hasta el 30 de septiembre de 2020[3].

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[1] Se entiende por actividades del sector turístico y conexas aquellas que desarrollen su actividad en alguno de los CNAE indicados expresamente en la Resolución de 16 de junio de 2020, la Resolución de 16 de junio de 2020, de la Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 16 de junio de 2020.

[2] El plazo podrá ampliarse, siempre en línea con la normativa de Ayudas de Estado de la UE, por Acuerdo de Consejo de Ministros.

[3] El plazo podrá ampliarse, siempre en línea con la normativa de Ayudas de Estado de la UE, por Acuerdo de Consejo de Ministros.