Una breve introducción a los Smart Contracts

28 diciembre, 2016

«Una breve introducción a los Smart Contracts», artículo de Sonia Vázquez, abogada de ECIJA, para The Law Clinic.

¿Qué son?

El concepto de contrato inteligente fue definido por Nick Szabo en su documento “Smart Contracts” ya en los años 90. En éste, planteaba cómo la revolución digital cambiaría la manera de formalizar contratos, llegando incluso a cuestionarse si los contratos tradicionales tendrían cabida en el futuro.

De forma resumida, los smart contracts son scripts escritos en lenguaje de programación cuyas  líneas de código reemplazan las cláusulas y términos de un contrato tradicional. Se ejecutan de forma automática sin que medie un tercero entre las partes.

¿Para qué sirven?

Aparte del sector financiero, actualmente, los contratos inteligentes tienen una limitada aplicación práctica, sin embargo en el futuro estos ofrecerán muchas posibilidades en diversidad de sectores estratégicos. Un contrato inteligente puede reflejar cualquier tipo de lógica basada en datos, desde algo tan sencillo como realizar una compra a través de una plataforma en Internet hasta llegar a acciones tan complejas como garantizar préstamos.

Algunos de los campos en los que los smart contracts podrán tener aplicación son: Transacciones financieras, gestión de derechos de autor, sistemas de pago, transferencias de derechos y obligaciones, automatización de herencias y donaciones, logística, etc.

Problemática actual y posibles soluciones

La posibilidad de utilizar contratos inteligentes suscita muchas dudas como las siguientes: ¿cómo puede un smart contract garantizar la custodia de activos reales como dinero o acciones?  ¿Se puede confiar en que un ordenador ejecute los términos contractuales de forma neutral?

En este sentido, la aparición de Bitcoin en 2009 ha propiciado el desarrollo en los últimos años de bases de datos distribuidas que ofrecen soluciones a los problemas planteados más allá de su uso en las criptomonedas. Estas bases de datos se caracterizan por almacenar datos en múltiples dispositivos localizados en distintos lugares comunicados por medio de algún tipo de red, permitiendo la transmisión de estos datos entre los diferentes puntos y evitando la manipulación de la información.

Bitcoin utiliza  la tecnología blockchain, la cual es capaz de mantener registros crecientes securizados contra la falsificación mediante el uso de la criptografía, autorizando las transacciones económicas de manera segura sin necesidad de que un intermediario participe para certificar una relación de confianza entre las partes. Una vez que la información es validada y añadida a la base de datos, esta no podrá ser eliminada (las transacciones tienen carácter irreversible). Blockchain es capaz de detectar y rechazar cualquier intento de distribución de una copia editada o manipulada de la base de datos. Además, los nodos de blockchain verifican y procesan cada transacción (a la que se asigna un sello de tiempo único en el nodo que se originó) de forma independiente, garantizando seguridad, transparencia y confidencialidad a partes iguales. Los datos de las transacciones no se pueden falsificar y a pesar de que éstas son públicas, no se pueden asociar a nadie,  asegurando la anonimidad.

A pesar de estos grandes avances, estas nuevas tecnologías aún presentan problemas relacionados con la inexistencia de estándares, con las dificultades que conlleva garantizar la integridad o en materia de seguridad (especialmente en los puntos relacionados con la autenticación, identificación y refuerzo de los controles de accesos apropiados).

¿Y en el futuro?

El buen uso, la aceptación y una correcta implantación de los smart contracts en nuestra vida cotidiana pasará por limitar la expresión en código o auto-ejecución de ciertos términos contractuales o conceptos legales, dejándolos a la interpretación humana. No debemos olvidar que los contratos inteligentes son scripts, que se ejecutan en una cadena de bloques, de tal forma que, cuando se produce un evento específico previsto en el contrato, dichos códigos de operación del script se auto-ejecutan siguiendo las instrucciones pre-programadas (el esquema es muy sencillo: “si suponemos esto -> entonces ocurrirá esto”). A efectos prácticos y desde el punto de vista tradicional, estaríamos hablando de un contrato tipo que contiene diferentes cláusulas que podrían ser ejecutadas o no, dependiendo del caso concreto de cada particular. Es justamente en ese punto donde las zonas grises aparecen, puesto que los contratos tradicionales tienen cláusulas opcionales o que están sujetas a cambios, por circunstancias imprevistas. Pensemos en aquellos casos de fuerza mayor que tornan imposible la ejecución de un contrato, o en casos de fraude, en los que una de las partes solicita la rescisión del contrato. Cuando nos encontremos con situaciones que alteren de forma imprevista el contrato, ¿cómo actuará un contrato inteligente que no prevé estas circunstancias en sus líneas de código? Queda claro que la aplicación de los smart contracts aún se encuentra en una fase temprana y surgen muchas dudas en torno a su aplicación. Sin embargo, no cabe duda de su gran potencial, pudiendo estos aportar soluciones seguras y prácticas en los entornos financiero y jurídico, agilizando transacciones comerciales y facilitando el día a día en el sector de los negocios.

El sector legal tiene la responsabilidad de crear un marco jurídico adecuado que permita aplicar los avances tecnológicos sin perder de vista la realidad cambiante que nos rodea. De nuevo, derecho y tecnología deberían ir de la mano. La óptima aplicación de los contratos inteligentes dependerá del trabajo conjunto de las dos áreas con el fin de lograr los mejores resultados en el futuro. Aún existen muchos recelos desde el punto de vista jurídico a dejar que las nuevas tecnologías y la ciencia guíen o cambien las metodologías tradicionales. Tomemos como punto de partida este tipo de oportunidades para convertir al derecho y a la tecnología en las dos caras de la misma moneda.