«Presente y futuro de los tratamientos de datos: innovación, nuevas tecnologías y protección jurídica», tribuna de Daniel López, socio de ECIJA.
En una sociedad global, marcada por la innovación y los avances tecnológicos, en un momento de cambios normativos, se hace necesaria una reflexión sobre determinadas cuestiones que, sin duda, marcarán el presente y el futuro de la economía digital.
El 28 de enero se conmemora una nueva edición del Día Europeo de la Protección de Datos, una celebración que, actualmente, además de en Europa, se lleva a cabo en muchos países no pertenecientes a dicha región, y tiene cada vez edición un carácter más internacional.
En 2006 el Comité de Ministros del Consejo de Europa estableció el 28 de enero como Día Europeo de la Protección de Datos en Europa, conmemorando el aniversario de la firma del Convenio 108 del Consejo de Europa para la protección de las personas con respecto al tratamiento automatizado de datos de carácter personal (28 de enero de 1981).
El Convenio 108 nace con la finalidad de proteger a las personas contra las intromisiones en su vida privada, el uso incorrecto de sus datos personales, garantizando el derecho al honor, la intimidad y su privacidad.
La celebración del Día Europeo de la Protección de Datos tiene como finalidad impulsar el conocimiento de los derechos y obligaciones en materia de protección de datos por parte de las personas y las entidades que tratan sus datos.
Este año, si cabe, la celebración europea tiene una mayor relevancia y un carácter más internacional, El 25 de mayo de 2018 comenzaba a ser aplicable el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y el Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE, una norma que da un paso firme en la unificación de criterios normativos en Europa y la adaptación del ámbito legislativo a los nuevos tiempos, modelos de negocio y tipos de tratamientos de datos.
A nadie escapa que la tecnología ha revolucionado, tanto lo que entendemos por dato personal, como la for4ma en que los mismos son explotados por empresas y administraciones. Aspectos que obligan a realizar una reflexión que aporte mayor seguridad jurídica a responsables del tratamiento y a las propias personas cuyos datos van a ser tratados.
2018 terminaba con la aprobación y entrada en vigor, en España, de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, donde el legislador, no sólo abordaba aquellos aspectos que el Reglamento Europeo dejaba a los Estados regular, si no que incorporaba un título relativo a los derechos digitales.
El avance de las tecnologías, han consolidado la necesidad de proteger determinados derechos de las personas en la esfera digital, cuestiones que afectan, por ejemplo, al ámbito laboral, tales como, la desconexión digital en el ámbito laboral, el derecho a la intimidad frente al uso de dispositivos de videovigilancia y de grabación de sonidos en el lugar de trabajo el derecho a la intimidad ante la utilización de sistemas de geolocalización en el ámbito laboral o los derechos digitales en la negociación colectiva.
A mayor abundamiento, la conciliación con las diferentes normativas, atendiendo a las ramas de actividad, junto con las ya citadas, así como los diferentes modelos de negocio, en un momento, en que, si existe una certeza, es que la sociedad demanda servicios globales, en la era de la economía digital, las fronteras han dado paso al entendimiento entre normativas y, a la necesaria, conciliación para el cumplimiento de las diferentes obligaciones legales, atendiendo a los servicios y el dónde son prestados.
En el ámbito internacional, debemos destacar la aprobación de nuevas leyes, como es el caso de Brasil, la adhesión de nuevos países al precitado Convenio 108, pasando a tener nivel adecuado de protección, como Japón, y el impulso legislativo que determinados países están dando para aprobar nuevas normas y desarrollos, como son los casos de Ecuador y El Salvador.
Cada vez es más frecuente, la utilización de términos como blockchain o la consolidación de otros tratamientos como las propias cookies, a los que se unen a otros que han generado un importante debate a nivel europeo, con un futuro reglamento de e-privacy de fondo, como es la relación entre agencias de medios, editores y empresas. Algo que ya es una realidad y que está teniendo impacto en cuestiones como: (a) transacciones y sistemas de pago, (b) cadenas de suministros, (c) registros de documentos, (d) Smart Contracts y aplicaciones descentralizadas (conocidas como Dapps) y, como no, (e) las criptomonedas.
Otras tecnologías como la implementación de inteligencia artificial, la utilización de chatbots por las empresas, y concretamente en sectores tales como el sanitario o el propio jurídico, que llevan la experiencia del usuario a otra dimensión. El análisis de los datos masivos, o tecnologías big data, que marcan un antes y un después en el desarrollo de nuevos modelos de negocio, servicios, o conocimiento de los propios usuarios finales, haciendo que conceptos como las cookies queden como parte del pasado, y poniendo de realce la necesidad de adecuar tratamientos y relaciones como con los publishers en el caso de la gestión publicitaria y de medios.
Finalmente, el sector legal deberá seguir avanzando en cuestiones como el emprendimiento digital, más teniendo en cuenta el Anteproyecto de Ley de fomento del ecosistema de Startups, actualmente en fase de consulta pública; el impacto de las nuevas tecnologías en el sector financiero; el avance de la realidad virtual e impresión en 3D con sus respectivas implicaciones legales; los retos jurídicos en relación con los conceptos de multicanalidad, omnicanalidad y gestión de la comunicación global; o los eSports y su impacto en aspectos como patrocinios, gestión deportiva, implicaciones en materia de propiedad intelectual, laboral, fiscal y administrativo y, su interrelación con otros modelos de negocio como el gaming y gambling.