Sala de Prensa

9 mayo, 2016

«Tiro al dron ¿derecho o delito?», artículo de Javier López, socio de ECIJA, para Confilegal.

La proliferación de los drones es un hecho. En muchos centros comerciales ya se pueden adquirir por cualquiera que desee disponer de este nuevo “juguete” que nos ofrece la tecnología. El problema surge cuando se les dan ciertos usos usos ilegales (terrorismo, espionaje, etc.); potencialmente peligrosos, como el incidente producido por el impacto de un dron con un avión que aterrizaba en el aeropuerto de Heathrow (Londres); o que vulneran la privacidad, por ejemplo, con drones “paparazzi”, como el que fue neutralizado cuando sobrevolaba el Palacio de la Zarzuela.

En España la regulación sobre drones se reduce al artículo 50 de la Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia, que, pendiente de desarrollo reglamentario, establece las características y requisitos que deben reunir los drones y quienes los pilotan por control remoto; y que, como la propia norma indica, se considera provisional a la espera de la promulgación de un marco jurídico que permita el desarrollo en condiciones de seguridad de este sector.

Sin perjuicio de que los gobiernos tienen en su agenda este desarrollo normativo, algunos particulares ya están adoptando sus propias medidas. Así, en Estados Unidos saltaron algunas noticias referentes al derribo a tiros de drones que habían penetrado en el “espacio aéreo” de propiedades privadas; e, incluso en la localidad de Deer Treil (Colorado) se planteó la concesión de licencias por unos 25 dólares para disparar a los vehículos aéreos no tripulados que sobrevolaran la ciudad a menos de 300 metros de altura.

Como es sabido, la afamada Segunda Enmienda a la Constitución estadounidense, cuya aplicación fue ratificada por la Sentencia de su Tribunal Supremo de 28 de junio de 2010, confiere a sus ciudadanos el derecho a tener y portar armas para no quedarse indefensos ante los criminales; lo que combinado con el derecho de defensa que permitiría responder con fuerza, incluso letal, si razonablemente se cree que es necesario hacerlo para prevenir la muerte o grave daño físico a sí mismo o a otra persona o para prevenir la comisión de un crimen violento; podría justificar que se disparara a un dron que invadiera una propiedad privada y fuera considerado una amenaza.

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Javier López