Sala de Prensa

22 mayo, 2012

‘Telecinco vs. Famosos’, por María Reguera, abogada de Procesal de ECIJA, publicado en ECIJA 2.0, blog de ECIJA y LegalToday, portal de tendencias jurídicas de la editorial Thomson-Reuters Aranzadi.

En el artículo se ofrece un análisis sobre la reciente sentencia dictada por el Tribunal Supremo, en virtud de la cual el Alto Tribunal ha resuelto absolver a Telecinco de la demanda presentada por el torero Fran Rivera en la que reclamaba una indemnización de 150.000 euros por intromisión a su honor, intimidad y propia imagen, como consecuencia de la difusión en los programas “Aquí hay tomate” y “TNT” de las manifestaciones del periodista Miguel Temprano, en las que éste aseguraba haber visto al diestro comer con la presentadora Anne Igartiburu en un conocido restaurante de Madrid días antes de su boda con Eugenia Martínez de Irujo.

A este respecto María apunta que: La sentencia, en la línea de lo establecido por nuestra Jurisprudencia, y en concordancia con el artículo 8-2-a) de la L.O. 1/1.982, se reitera en el hecho de que las personas con proyección pública deben hacer gala de una mayor tolerancia y flexibilidad que cualquier persona privada respecto de las manifestaciones vertidas en el ejercicio de la Libertad de Expresión’.

Link al artículo: ‘Telecinco vs. Famosos’