Legislación por la diversidad
El artículo 1 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, de 1948, establece que «todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos», y el artículo 2 plantea que «toda persona tiene los derechos y las libertades proclamados en esta Declaración». Toda persona, incluidas las personas LGBTI, tienen derecho a gozar de la protección prevista en el derecho internacional de los derechos humanos basado en la igualdad y la no discriminación. Aunque los principales tratados internacionales de derechos humanos no reconocen explícitamente el derecho a la igualdad sobre la base de la orientación sexual y/o identidad de género, la discriminación por estos motivos ha sido considerada prohibida por el derecho internacional de derechos humanos. Por ejemplo, los motivos proscritos de «sexo» y «otra condición» que figuran en las cláusulas de no discriminación de los principales instrumentos internacionales de derechos humanos han sido aceptados como abarcando la orientación sexual y la identidad de género.
El 28 de junio de 1969 se produjeron en Nueva York (EE.UU.) unas revueltas tras una redada policial en el Stonewall Inn, un bar frecuentado por gais y transexuales. A raíz de este conflicto, el colectivo LGTBI comenzó a organizar la primera manifestación del Orgullo en Nueva York, estableciendo así un precedente en todo el mundo: el Día Internacional del Orgullo LGBTI.
Desde ECIJA, queremos conmemorar la promoción de la tolerancia, la igualdad de derechos ante la ley, la no discriminación y la dignidad de las personas LGBTI. Consideramos que el reconocimiento de derechos de las personas LGBTI es un factor fundamental para alcanzar la igualdad, dignidad y no discriminación, así como para combatir la violencia a que estas personas están sometidas, con el fin de construir o alcanzar una sociedad más justa.
ECIJA es una firma comprometida con la diversidad que cuenta con un ambicioso Plan Global de Diversidad especialmente destinado a garantizar que la diversidad y la inclusión están presentes en las actividades de la Firma. Apostamos por una cultura totalmente inclusiva, focalizada en el talento, el mérito y el desempeño, dejando totalmente al margen cualquier otra característica.
Desde la Firma, apoyamos todas las iniciativas que nos permiten ser responsables y comprometidos con la diversidad. Por ello, hemos querido celebrar el día del Orgullo LGTBI repasando el estado de los derechos más representativos del colectivo en las legislaciones de los países donde ECIJA tiene presencia. El presente informe incluye la colaboración de expertos en Derechos Humanos y Laboral de las oficinas internacionales de ECIJA (17) en Europa, Latinoamérica y Asia, que hicieron llegar sus respuestas al siguiente cuestionario de consulta:
- ¿La Constitución declara de forma expresa la igualdad con independencia de la identidad y/u orientación sexual y prohíbe la discriminación del colectivo LGBTI? En caso negativo, ¿la jurisprudencia ha interpretado que un precepto declara de forma indirecta la igualdad y la no discriminación del colectivo?
- ¿Existen leyes contra la discriminación por identidad y/u orientación sexual en el ámbito laboral?
- ¿Existen leyes contra la discriminación por identidad y/u orientación sexual en el acceso a bienes y servicios?
- ¿Están prohibidas las terapias de conversión en todo el país, entendiendo como tales aquellas prácticas que pretenden redirigir la orientación sexual no heterosexual, al considerarla un desorden mental?
- ¿El matrimonio de personas del mismo sexo está legislado y aprobado?
- ¿Se permite la adopción a parejas del mismo sexo?
- ¿Está despenalizada la homosexualidad?
- ¿Se castigan los delitos de odio contra el colectivo LGBTI?
- ¿Se ha eliminado la transexualidad como patología?
- ¿Existen leyes o procedimientos para el reconocimiento legal del género en personas trans?
De esta forma, esperamos no solo mostrar nuestro compromiso con el respeto a los derechos humanos, sino también promover la reflexión sobre el camino avanzado y el que todavía queda por recorrer.
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