Sala de Prensa

19 mayo, 2022

Asciende a 852.283 euros el importe de las multas impuestas por el ICAC (Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas) durante el 2021 por incumplir la obligación de depositar las cuentas anuales

El ICAC tramitó un total de 165 expedientes sancionadores durante el referido ejercicio, lo que supone una sanción media de 5.165 euros por expediente.

El régimen sancionador por el incumplimiento de la obligación de depósito de las cuentas anuales en el Registro Mercantil se encuentra recogido en el artículo 283 del texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio.

En 2021, el Real Decreto 2/2021, de 12 de enero, introdujo modificaciones significativas sobre dicho régimen sancionador, incluyendo la posibilidad de encomendar a los Registros Mercantiles la gestión de los expedientes sancionadores y los mecanismos de colaboración e intercambio de información entre el ICAC y la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública.

 

Como consecuencia de lo anterior, por primera vez, el ICAC recibió los listados de los Registros Mercantiles, en un formato que permitió la cuantificación global de las sociedades incumplidoras respecto al ejercicio económico 2019. A su vez, el ICAC destacó que el 95% de las sociedades incumplidoras estaban inactivas, lo cual evidencia que estas son las más susceptibles de ser objeto de sanción.

En el marco de lo anterior, cabe recordar las consecuencias más significativas por la falta de depósito de las cuentas anuales:

 

  • La imposición de una multa que oscila entre 1.200 y 60.000 euros, con la excepción de aquellas sociedades que tuvieran un volumen de ventas superior a 6.000.000 de euros, elevándose el límite de la multa para cada año de retraso a 300.000 euros; y

 

  • El cierre de la hoja registral en el Registro Mercantil.

Así pues, es presumible que la tendencia sancionadora incremente en los próximos ejercicios, a medida que la colaboración e intercambio de información entre el ICAC, la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, y los respectivos Registros Mercantiles se vayan consolidando.

 

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