Derechos laborales de las mujeres deportistas en el embarazo: un caso icónico
Por: Warren Corrales, abogado del área de Derecho del Deporte en ECIJA Costa Rica.
El derecho deportivo sigue ganando terreno en estrados más allá de la competición o lo deportivo, y en disciplinas masculinas como femeninas. Esto hace que, resulte aún más interesante el abordaje jurídico de estos temas, tomando en consideración que el Derecho Deportivo se nutre de varias áreas del derecho, aplicadas a la actividad deportiva.
Históricamente, el deporte, en especial el futbol, estuvo alejado del derecho. Aunque existen negociaciones que se traducen en contratos, los jugadores y los equipos han sido esquivos a aplicar el Derecho en ambientes deportivos. Sin embargo, en el tanto el deporte, y en especial el fútbol, se convierte en un mercado de millones de dólares, el deporte es un negocio, y como en todo negocio, el Derecho adquiere un papel significativo. El Derecho está inmerso en los aspectos deportivos, así como se encuentra inmerso en la vida y en la interacción entre personas, sean estas físicas o jurídicas.
En esa línea, recientemente, la jugadora profesional islandesa Sara Björk Gunnarsdóttirl obtuvo una sentencia estimatoria contra el Olympique de Lyon francés, al reclamar impagos durante su baja por maternidad. Para dar un poco de contexto, debemos retroceder un par de años -en 2021-, cuando la jugadora militaba para el equipo femenino francés del Lyon, el equipo más galardonado a nivel europeo en el futbol profesional femenino. Hoy en día Sara milita en el equipo femenino de la Juventus de Italia.
Su embarazo, que debería ser un período lleno de felicidad y alegría, estuvo envuelto en polémica cuando lo comunicó a su club. Específicamente, la situación se complicó cuando, en virtud de su embarazo, el Lyon dejó de pagarle su salario. Esto nos hace reflexionar cómo, aún en sociedades avanzadas socialmente como la europea, la maternidad, así como la aplicación de otros derechos laborales en el deporte, siguen siendo una tarea pendiente.
Al considerar que existía una violación a sus derechos, la jugadora solicitó apoyo de la Federación Internacional de Futbolistas Profesionales (“FIFPRO”) para presentar una demanda contra su ex equipo. En aquel momento, contando con el apoyo de FIFPRO y el sindicato de futbolistas de Francia, Sara reclamó el salario que dejó de percibir al club francés, pero no obtuvo respuesta. Como resultado de dicha negativa, la decisión inmediata fue notificarle al Lyon que iban a elevar el caso ante FIFA para buscar una solución. Lo que más sorprende del tema es que el club francés contestó con una amenaza, en lugar de buscar una solución como en derecho corresponde: «Si Sara acude a la FIFA con esto, no tiene futuro en el Lyon«. Incluso, según la declaración de la jugadora, los problemas no solo continuaron sino que incrementaron su tono, incluyendo actos discriminatorios, como prohibirle llevar a su hija recién nacida a los partidos.
Los jugadores de futbol son personas trabajadoras y adquieren esa condición por cumplir con los requisitos que le indica su patrono. No hay normativa que, en este caso específico, los dote con alguna connotación diferente a la relación laboral, a pesar de que anteriormente se tuviera la concepción errónea de tratarlos como trabajadores independientes.
Finalmente, la jugadora demandó al club ante la FIFA y, como consecuencia de dicha demanda, logró obtener una sentencia a su favor. La repercusión que ha generado esta situación es tan trascendental como histórica, ya que Sara se ha convertido en la primera mujer en obtener una sentencia con lugar relacionada con impagos de un club al quedar embarazada. Se estima que el Lyon deberá pagar una suma aproximada a los 82.000 euros con intereses, junto con otras obligaciones adicionales.
En Costa Rica, el artículo 95 señala que “la trabajadora embarazada gozará obligatoriamente de una licencia remunerada por maternidad, durante el mes anterior al parto y los tres posteriores a él…”por lo que expresamente estaría prohibido no pagar a una deportista su respectiva licencia. La aplicación de esta normativa en equipos deportivos para las atletas femeninas es innegable. El caso de Sara no debe pasar desapercibido, y debe obligar a todos los clubes deportivos, independientemente de la disciplina deportiva, a incorporar estas buenas prácticas y todas aquellas que doten a los deportistas, en especial a las mujeres embarazadas, de sus derechos plenos.