Sala de Prensa

22 noviembre, 2023
México

Entrada en vigor: Norma Oficial Mexicana NOM-037-STPS-2023 Teletrabajo – Condiciones de Seguridad y Salud en el Trabajo

El 8 de junio de 2023, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social publicó en el Diario Oficial de la Federación (el “DOF”), la versión oficial de la Norma Oficial Mexicana NOM-037-STPS-2023, Teletrabajo-Condiciones de Seguridad y Salud en el trabajo (la “NOM”) la cual, de conformidad con su artículo Primero Transitorio, entrará en vigor a los ciento ochenta (180) días posteriores a su publicación en el DOF, es decir, el próximo 5 de diciembre de 2023.

Ante la inminente entrada en vigor de esta, es importante para los patrones que empleen personas trabajadoras bajo la modalidad de Teletrabajo[1], que se encuentren en cumplimiento de las obligaciones que esta les impone previo a su entrada en vigor, entre las que destacan las siguientes:

  • Implementar una política de Teletrabajo.
  • Contar con un listado actualizado y confidencial de las personas trabajadoras que presten servicios bajo la modalidad de Teletrabajo.
  • Contar con un listado del equipo de cómputo y ergonómico proporcionado a la persona trabajadora para prestar sus servicios bajo la modalidad de Teletrabajo.
  • Contar con una lista de verificación de condiciones de seguridad y salud en el Teletrabajo, así como realizar esta verificación de forma periódica.
  • Documentar el cambio de modalidad presencial a Teletrabajo y viceversa.
  • Establecer mecanismos para la reversibilidad de modalidad de Teletrabajo a presencial.
  • Implementar con mecanismos de atención para casos de violencia familiar.
  • Practicar los exámenes médicos a las personas trabajadoras bajo la modalidad de Teletrabajo y dar seguimiento a los avisos de accidente de trabajo.

La autoridad laboral podrá revisar el cumplimiento de los patrones a las obligaciones impuestas por la NOM, respecto de las personas trabajadoras que presten sus servicios bajo la modalidad de Teletrabajo y, en caso de detectar incumplimiento a una o varias obligaciones, estará facultada para imponer las sanciones económicas correspondientes.

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[1] Se entiende como teletrabajo a la forma de organización laboral subordinada que consiste en el desempeño de actividades remuneradas en más del 40% del tiempo de la jornada, en un lugar distinto al centro de trabajo del patrón.

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