Sala de Prensa

18 enero, 2024
México

Suprema Corte de Justicia de la Nación Resuelve sobre el Interés Jurídico en Procedimientos de Declaración Administrativa ante el IMPI

El 17 de enero de 2024, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación confirmó que las condiciones para instar procedimientos de nulidad de patente ante el IMPI (Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial) son legítimas y no vulneran el acceso a la tutela judicial efectiva, precisando que la competencia comercial por sí sola no constituye interés jurídico suficiente para tales procedimientos.

El 17 de enero de 2024, marcó un hito en la jurisprudencia mexicana cuando la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en una decisión unánime, aprobó el proyecto de la ministra Esquivel, bajo el número de expediente ADR3305/2203. Esta resolución aborda una cuestión crucial en el ámbito de la propiedad industrial: el alcance del interés jurídico necesario para instar procedimientos de declaración administrativa de nulidad de patente ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI).

Análisis Jurídico y Resolución de la Corte

La decisión se fundamenta en un análisis detallado de los artículos 152, 155, 187 y 188 de la, ahora abrogada, Ley de la Propiedad Industrial. La ministra Esquivel, ponente del proyecto, enfatizó que el derecho de acceso a la tutela judicial efectiva no es absoluto. Aclaró que las condiciones establecidas para acceder a un procedimiento administrativo no deben interpretarse como restricciones arbitrarias, sino más bien como parte de un marco normativo que las justifica, promoviendo así el principio de seguridad jurídica.

Implicaciones para Competidores Comerciales

Un aspecto destacado de la resolución es la clarificación en torno al interés jurídico de los competidores comerciales. La Corte estableció que el mero hecho de ser competidor comercial no confiere, por sí solo, el interés jurídico necesario para iniciar procedimientos de declaración administrativa (nulidad, caducidad y cancelación) ante el IMPI. Esta precisión es de suma importancia, ya que delinea los límites y condiciones bajo los cuales las partes interesadas pueden buscar la intervención administrativa en asuntos de propiedad industrial.

Conclusión y Negación del Amparo

En virtud de las consideraciones jurídicas y argumentos presentados, la Segunda Sala de la SCJN tomó la decisión de negar el amparo solicitado. Esta resolución no solo arroja luz sobre el alcance del interés jurídico en el contexto de procedimientos administrativos ante el IMPI, sino que también refuerza el marco de seguridad jurídica en el ámbito de la propiedad industrial en México.

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