Sala de Prensa

25 julio, 2024

Reforma al Poder Judicial en México

Por Omar Saab y Alejandro Linares

La inminente reforma al Poder Judicial en México, pretexto perfecto para establecer cláusulas arbitrales en los contratos comerciales para resolver los conflictos que surjan.

 

El 5 de febrero de 2024, el presidente Andrés Manuel López Obrador presentó ante la Cámara de Diputados la «Iniciativa que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia del Poder Judicial«. La iniciativa será discutida a partir del 1° de septiembre de este año.

 

 I. Principales cambios propuestos por la reforma judicial.

Con la reforma se busca fortalecer el sistema judicial mediante el combate a la corrupción, la ineficacia y la negligencia dentro del Poder Judicial.  La iniciativa propone cambios significativos en la impartición de justicia a nivel federal y estatal, entre los cuales destacan los siguientes:

  1. Creación de nuevos órganos.  La creación de dos nuevos órganos: un órgano de administración judicial y un Tribunal de Disciplina Judicial, los cuales reemplazarán al Consejo de la Judicatura Federal, permitiendo que cualquier persona presente denuncias contra jueces, magistrados y ministros.
  2. Cargos por elección popular.    Los ministros, magistrados y jueces serían elegidos por voto popular.  Estas elecciones se llevarían a cabo cada tres años, coincidiendo con las elecciones federales para la presidencia o la renovación de la Cámara de Diputados. Los candidatos a estos cargos serían propuestos por el Presidente de la República, el Congreso de la Unión y el Poder Judicial.
  3. Resolución de controversias.   Se impone un límite de seis meses a los juzgadores para resolver las controversias judiciales.  De no resolverse las controversias dentro del plazo antes referido, el asunto podrá ser remitido al Tribunal de Disciplina para su análisis y revisión, el cual, en caso de encontrarlo ajustado a derecho podrá imponer sanciones. Aunque esta medida busca eficacia, la gran cantidad de asuntos en el sistema judicial mexicano podría llevar a resolver asuntos de forma apresurada o insuficientemente deliberadas.

II. Desafíos e incógnitas en torno a la reforma judicial.

La iniciativa de reforma trae consigo grandes desafíos e incógnitas, entre las cuales se encuentran las siguientes:

  1. Idoneidad para desempeñar la función judicial. El proceso de selección de personas candidatas no garantiza que las personas elegidas sean idóneas para desempeñar la función judicial; es decir, no se garantiza que las personas electas cuenten con los conocimientos y competencias necesarias para desempeñar la función judicial.
  2. Imparcialidad e independencia. El proceso de selección y reelección de personas candidatas compromete su imparcialidad e independencia respecto de los intereses de las personas y partidos políticos que lo propusieron como candidato, al tiempo que pudiera colocar a dichas personas en una situación de vulnerabilidad frente a la violencia política y/o del crimen organizado.
  3. La labor jurisdiccional pudiera verse comprometida.    El plazo forzoso de 6 meses para resolver las controversias judiciales puede provocar que las personas juzgadoras, para evitar una sanción, no analicen los casos con suficiente detenimiento, con tal de que se resuelvan en el plazo establecido. Asimismo, no se establece en la reforma cuál sería la sanción que enfrentarían las personas juzgadoras que no resuelvan los asuntos en los plazos constitucionales.

III. El Arbitraje como una alternativa eficaz a la solución de controversias.

En los últimos años, la globalización y la reducción de las distancias han intensificado las relaciones comerciales a nivel internacional, lo cual si bien ha generado mayores transacciones comerciales y una mayor competencia a nivel internacional, lo cierto es que también ha generado un aumento considerable de conflictos, los cuales debido a la complejidad y saturación de la justicia estatal, no pueden ser atendidos con la eficacia, rapidez y practicidad que demandan las relaciones comerciales en la actualidad.

Ahora bien, ante los desafíos e incógnitas que trae consigo la iniciativa de reforma judicial, aunado a que los órganos del Estado se han visto rebasados por el creciente número de asuntos que reciben diariamente, ocasionando que los casos sean estudiados de forma superficial en su mayoría, y en algunos casos, se prolongue su resolución indefinidamente, el Arbitraje como mecanismo alternativo de solución de controversias se vuelve una excelente opción para quienes busquen una solución acelerada, sofisticada y con un alto grado de especialización para resolver sus conflictos.

En la actualidad, es innegable que el arbitraje comercial presenta grandes ventajas en comparación con la jurisdicción estatal: (i) es un proceso impulsado por la voluntad de las partes, quienes tienen la libertad de seleccionar a los árbitros que resolverán la disputa, (ii) menor duración de los procedimientos, (iii) mejor relación costo-eficiencia, (iv) flexibilidad y confidencialidad del proceso,(v)  la especialización del o los árbitros en la materia específica de la controversia, (vi) los árbitros son imparciales e independientes de cualquier poder político, (vii) el proceso se caracteriza por una mínima intervención judicial, (viii) las partes tienen más control sobre las reglas y procedimientos del arbitraje, pudiendo acordar aspectos como el lugar, el idioma y el marco temporal del arbitraje, además de que (ix) los laudos emitidos por el o los árbitros que resuelven la controversia son finales y vinculantes para las partes.

En ese contexto, el arbitraje se presenta como una solución práctica y confiable para la resolución de disputas contractuales en un foro neutral, imparcial e independiente, en donde se salvaguardan los intereses de las partes y se promueve la seguridad jurídica en un entorno legal incierto, garantizando decisiones informadas y libres de influencias políticas.

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