Sala de Prensa

5 septiembre, 2024

Propiedad privada en la CDMX: ¿En qué consiste el cambio que se hizo a la Constitución?

Por Kaynicté Pérez

El Gobierno de la Ciudad de México, encabezado por su Jefe de Gobierno Martí Batres, ha anunciado una importante modificación al artículo tercero de la Constitución Política de la Ciudad de México. Esta reforma, de manera general, tiene como objetivo equiparar la defensa de la propiedad privada con la propiedad pública y social, lo que ha generado diversas reacciones entre la ciudadanía y expertos en la materia.

Por medio de la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, se publicó el 2 de septiembre de 2024 el Decreto por el que se reforma el inciso A), numeral 2 del artículo tercero de la Constitución Local, en concordancia con lo aprobado por el H. Congreso de la Ciudad de México II Legislatura. De acuerdo con el gobierno capitalino, esta modificación busca homologar el Principio de Propiedad Privada conforme a lo establecido en el artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que a la letra señala “La propiedad de las tierras y aguas comprendidas dentro de los límites del territorio nacional, corresponde originariamente a la Nación, la cual ha tenido y tiene el derecho de transmitir el dominio de ellas a los particulares, constituyendo la propiedad privada”.

¿Qué establece el artículo modificado?

Con la modificación publicada, el artículo tercero ahora estipula: «La Ciudad de México asume como principios (…) la erradicación de la pobreza, el respeto a la propiedad en los mismos términos del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la igualdad sustantiva y la no discriminación (…)«. Este artículo es de suma importancia porque el artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece el respeto a la propiedad privada y pública.

Esta reforma ha sido objeto de diversas críticas y preocupaciones, ya que algunos sectores consideran que podría representar una seria amenaza al Derecho a la Propiedad Privada. En consecuencia de lo anterior, múltiples autoridades locales han defendido la reforma, argumentando que se alinea con los principios constitucionales y que a su vez, busca garantizar un equilibrio entre los diferentes tipos de propiedad en la Ciudad de México.

Asimismo, el Decreto hace referencia también a una reforma previa que tuvo el artículo 27 y fue publicada en el Diario Oficial de la Federación  el 29 de enero de 2016, durante el sexenio de Enrique Peña Nieto, que establece “Las leyes de la Federación y de las entidades federativas en sus respectivas jurisdicciones, determinarán los casos en que sea de utilidad pública la ocupación de la propiedad privada, y de acuerdo con dichas leyes la autoridad administrativa hará la declaración correspondiente. “ Este marco legal ha sido clave para las discusiones actuales sobre los derechos de propiedad y su protección.

En conclusión, si bien es cierto que en la reciente modificación al artículo tercero de la Constitución Política de la Ciudad de México se eliminó el “Respeto a la Propiedad Privada”, éste se encuentra protegido bajo los mismos términos que establece  la Carta Magna. En suma, la incorporación de esta reforma bajo los alcances y términos con los que fue publicada no constituyen un cambio sustancial al día de hoy, ya que como se mencionó previamente, se equiparó el ordenamiento local al Federal.

A pesar de las críticas, el Gobierno de la Ciudad de México sostiene que esta medida es necesaria para garantizar un marco legal equitativo y en consonancia con las Leyes Federales.

 

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