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23 diciembre, 2024
España

El uso de WhatsApp en entornos educativos

Nota informativa del área de Protección de Datos de ECIJA Madrid.

Aunque WhatsApp fue diseñado originalmente para la comunicación personal, la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) advierte en su Guía para los Centros Educativos que la aplicación se utiliza también para intercambiar mensajes entre familias y docentes, e incluso entre profesores y alumnos. Esta expansión de WhatsApp en el ámbito educativo ha generado nuevos retos en cuanto a la privacidad y protección de datos.

Las redes sociales han cobrado especial relevancia en nuestro día a día y han supuesto una revolución de los canales de comunicación, revolución de la que el sector educativo no está exento de sufrir. Si bien WhatsApp es una herramienta de comunicación que inicialmente se concibió La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) señala en su Guía de Orientaciones para los Centros Educativos, que además del sistema de mensajería o correo facilitado por la plataforma educativa, se ha detectado que la aplicación WhatsApp también se utiliza para comunicaciones entre la familia y los profesores o, incluso, entre profesores y alumnos. Si bien WhatsApp es una herramienta de comunicación que inicialmente se concibió para las comunicaciones personales, se ha expandido por todos los sectores, incluido el educativo, provocando que encontremos nuevos escenarios en los que la privacidad y la protección de datos adquieren un papel protagonista.

(I) Recomendaciones de la AEPD

Uno de los puntos que la AEPD desarrolla en su Guía para centros educativos es la posibilidad de que los profesores contacten con los alumnos o con sus padres a través aplicaciones de mensajería instantánea.

En principio, hay que recalcar que las comunicaciones entre los profesores y los alumnos solo deben tener lugar dentro del ámbito y de la función educativa y a través de las aplicaciones que el centro educativo haya puesto a su disposición. Del mismo modo con sus padres, con los cuales el centro educativo debe comunicarse a través de los canales que tenga habilitados el centro educativo para ello.

Otro de los puntos en los que la AEPD hace hincapié es la recomendación de no tener grupos de contacto con los padres o alumnos durante todo el año académico. Excepcionalmente, hay algunos supuestos en los que los padres podrían solicitar utilizar este canal de comunicación, los cuales desarrollaremos en el siguiente apartado.

Estas recomendaciones están motivadas por la obligación de los centros educativos de mantener la debida diligencia ya que actúan como responsables del tratamiento de datos personales de menores de edad, por lo que debe valorar las diferentes herramientas comunicativas que tiene a su disposición, teniendo en cuenta los riesgos en materia de protección de datos y la privacidad de los interesados. Los principales riesgos que existen de utilizar estas Apps son los siguientes:

  • Debido a la vinculación de cuentas que se llevan cabo en este tipo de Apps, se relacionan cuentas personales de los padres con el contenido del entorno educativo, lo que puede provocar que terceras personas puedan acceder a la información compartida.
  • Las aplicaciones de mensajería instantánea como WhatsApp, se encuentran ubicadas geográficamente en EE.UU, es por ello que existe el riesgo de que se produzcan Transferencias Internacionales de Datos (TID)no reguladas.
  • La falta de control respecto a las medidas de seguridad específicas que se puedan requerir contractualmente a WhatsApp hace que puedan producirse vulnerabilidades en la seguridad de la App.
  • La configuración originaria de esta plataforma no es compatible con los principios de privacidad por defecto que establece el Reglamento General de Protección de Datos, por lo que debe ser el usuario el que modifique dicha configuración (ver apartado (iii).

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