Reforma a la Ley Federal del Trabajo en Materia de Plataformas Digitales
Por Tania Ávila y Julio Silva
El 24 de diciembre de 2024, fue publicada en el Diario Oficial de la Federación (“DOF”), el Decreto por el que se adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, en materia de plataformas digitales (la “Reforma”).
La Reforma define el trabajo en plataformas digitales, así como establece los mecanismos utilizados bajo este esquema y detalla la naturaleza de la relación laboral, previendo los derechos y obligaciones tanto de los patrones, así como de las personas trabajadoras.
La Reforma prevé disposiciones respecto a lo siguiente:
- Derechos y obligaciones de las personas trabajadoras.
- Requisitos y registro de los contratos individuales de trabajo, derechos colectivos y casos de indemnización.
- Reparto de utilidades y sanciones especiales para las plataformas digitales que incumplan con las normas laborales.
- Salarios por tarea, servicio, obra o trabajo realizado.
- Días de descanso, vacaciones, prima vacacional y aguinaldo.
- Registro de horas trabajadas y emisión de recibos de pago.
- Inscripción en el Régimen Obligatorio del Seguro Social, garantizando el acceso a la seguridad social y a créditos para vivienda.
Además, se prohíbe a los patrones:
- Cobrar a las personas trabajadoras por conceptos de inscripción, uso o separación, relacionados con la relación laboral.
- Emplear a personas menores de edad.
- Retener dinero a las personas trabajadoras fuera de los conceptos permitidos por la ley.
- Encubrir o simular el vínculo laboral mediante contratos civiles, mercantiles o similares.
- Manipular los ingresos de las personas trabajadoras para evitar reconocerlos como trabajadores subordinados.
- Se regula también la flexibilidad de horario para permitir a los trabajadores laborar con una o varias plataformas digitales.
- Se establecen disposiciones especiales en materia de seguridad y salud en el trabajo.
Asimismo, se establecen sanciones económicas particulares, que pueden ir de 1,000 y 25,000 Unidades de Medida y Actualización (“UMA”) ($108,570 M.N. y $2,714,250 M.N.) para los patrones que incumplan con el registro de contratos o que no informen a las personas trabajadoras sobre cambios en los algoritmos utilizados para asignar sus tareas.
Esta Reforma iniciará su vigencia dentro de los 180 días siguientes a su publicación en el DOF, es decir, el 23 de junio de 2025.
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