A propósito del día Mundial de la Propiedad Intelectual: la propiedad intelectual y la música
Por: Monserrat Soto Roig, socia experta en Propiedad Intelectual de ECIJA Legal Costa Rica.
Is this what we want? -¿Es esto lo que queremos?-, es una producción musical del 2024, que agrupa a más 1000 músicos y artistas del Reino Unido.
Si echamos una mirada al pasado, podemos identificar con absoluta claridad grandes producciones que marcaron hitos en la historia de la música, pero ¿1000 artistas?
USA for Africa y “We Are the World” de 1985, agrupó a más de 40 artistas y Live Aid, también en 1985, a aproximadamente 75 artistas. Pensar en 1000 personas reunidas para una sola producción musical parece una faena titánica. ¿Cómo conjugar tantos estilos? ¿Cómo manejar las participaciones de tantos talentos en cada sencillo?
Con silencio.
La producción está compuesta por 12 pistas en total silencio. Cada una de ellas lleva por nombre una palabra de la frase en inglés “El gobierno británico no debe legalizar el plagio musical en beneficio de las compañías de IA”.
Is this what we want? Es un mensaje claro y directo de protesta contra una iniciativa del gobierno del Reino Unido de permitir el acceso a obras musicales protegidas a las grandes empresas con modelos de IA, para alimentar sus sistemas, sin el consentimiento de sus titulares.
A pesar de ser la más masiva hasta la fecha, Is this what we want? no es la primera manifestación de descontento del gremio. En abril de 2023, muchos coincidimos con la canción Heart on my Sleeve en redes sociales. Se asumió, sin más, que dicha canción era un nuevo single de Drake y The Weeknd. La canción alcanzó un éxito sin precedentes en TikTok y YouTube, con más de 10 millones de reproducciones en muy poco tiempo. Hasta el comité organizador de los Premios Grammy consideró en nominarla, idea que fue finalmente desechada.
No fue poca la sorpresa de muchos al enterarnos que ni Drake ni The Weeknd tuvieron participación, sino que la pieza musical era atribuible a un tal Ghostwriter977, creador anónimo de contenido musical.
Pocos meses después, se lanzó ‘NostalgIA’, un astuto nombre para una canción que manipuló las voces del cantante Bad Bunny y Justin Bieber. FlowGPT fue el responsable de esta nueva creación. Desde entonces las cartas de disqueras y artistas reclamando soluciones a esta problemática han abundado.
La posición que mantiene la industria es contundente: las empresas de IA deben contar con autorización de los titulares de los derechos para hacer uso de sus obras para el entrenamiento de sus sistemas.
Esta no es una postura disruptiva, ni mucho menos novedosa, pues la legislación en materia de copyright y derechos de autor, de manera casi homogénea, reconoce el derecho exclusivo de explotación de los derechos de autor a sus titulares desde hace mucho tiempo. Sin embargo, hasta el momento el gris está en determinar hasta dónde alcanza la responsabilidad de las empresas de IA o de terceros si se hace uso no autorizado de obras protegidas, a quién corresponden los derechos sobre los resultados generados, qué medidas se pueden adoptar para paliar los efectos adversos sobre el gremio creativo.
Estas parecen ser cuestiones pendientes de abordar por los legisladores. Si bien en países como Estados Unidos, ha habido iniciativas importantes de protección de derechos exclusivos contra la IA generativa, como por ejemplo la Ley ELVIS aprobada en Tennessee en marzo de 2024, parece haber más foco en la voz, la imagen y la privacidad que en el uso de obras protegidas. Las iniciativas de la Unión Europea en materia de IA se concentran más en la protección de datos y uso seguro de la información.
La preocupación creciente del gremio, que se cimenta en la falta de control y consecuencias contra el uso no autorizado de obras en clara violación de derechos protegidos, también encuentra asidero en proyecciones económicas desfavorables que puede tener en la industria el uso de la IA generativa sin controles.
La Confederación Internacional de Sociedades de Autores y Compositores (CISAC) estima que para el 2028 la música de la IA generativa podría causar importantes pérdidas para la industria musical para el mismo año, estimando que el 24% en los ingresos de los creadores de la música se verán comprometidos si la situación continúa como hasta la fecha. Este porcentaje equivale a una pérdida acumulada estimada en unos €10,000 millones en los próximos 5 años.
Otro de los grandes debates que existe es si las obras musicales -o cualquier otra- creada por inteligencia artificial puede ser considerada arte y merecedora de protección. Es un debate que en estos momentos parece estéril: basta que alguien diga que es arte para que lo sea; basta que varios lo consideren de la misma manera para que se cotice. La problemática tiene otras fuentes.
Para los que creen que la historia se repite, esto no dista de lo que ocurrió en el siglo XIX con el advenimiento de la fotografía. Hoy la IA es la cámara, el creador de contenido el fotógrafo y el creador tradicional el retratista. Las preocupaciones económicas y estéticas tienen paralelismos muy interesantes.
Para los románticos y optimistas esto puede redundar en avances en el arte, en democratización de la cultura. Al final la fotografía hizo que los retratistas se apartaran del realismo y el arte evolucionó a tendencias vanguardistas. Para los pesimistas y detractores, es la prostitución del arte, la caída a manos de robots de la naturaleza creativa del hombre.
Para los abogados y operadores del derecho, que nos movemos entre lo optimista, lo pesimista y la añoranza de lo que debería ser, parece ser más un tema de ejecutoriedad de la norma.
El reconocimiento al derecho de autor está de sobra consagrado. El reconocimiento de la persona del autor en un ser humano, ha sido reiterado en numerosas ocasiones desde que Naruto, el macaco, encendió la controversia con su Monkey Selfie.
Lo que parece que nos falta son mecanismos de control claros a lo que alimenta los sistemas de IA, la definición clara y apegada a derecho y antecedentes jurisprudenciales de lo que se considera uso honrado y el eterno enigma del balance de intereses entre todos los actores involucrados, de manera tal que se cumpla lo que tantos países buscan a nivel legislativo: que la tecnología esté al servicio del hombre y su dignidad y no a la inversa.