Sala de Prensa

21 diciembre, 2023
México

El Congreso Mexicano Amplía Tabla de Enfermedades de Trabajo con 88 nuevos padecimientos

El pasado 4 de diciembre de 2023, en la edición vespertina del Diario Oficial de la Federación (“DOF”), la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (“STPS”) publicó el Decreto por el cual, se actualiza la tabla de enfermedades de trabajo (la “Reforma”) contenida en la Ley Federal del Trabajo (“LFT”), el cual entró en vigor al día siguiente de su publicación, es decir, el 5 de diciembre de 2023.

Esta Reforma incrementó el número de enfermedades derivadas del trabajo, reconociendo nuevos padecimientos, alineándose con la Clasificación Internacional de Enfermedades CIE-11 emitida por la Organización Mundial de la Salud (“OMS”).

La tabla de enfermedades es un instrumento clave para que los médicos de salud ocupacional diagnostiquen las afecciones relacionadas con el ambiente y las tareas laborales que desempeñan las personas trabajadoras.

Se prevén ochenta y ocho (88) nuevas enfermedades

La Reforma incrementó el número de enfermedades derivadas del trabajo, reconociendo ochenta y ocho (88) nuevos padecimientos, entre los que destacan los siguientes:

  • Trastornos mentales, tales como depresión, estrés, ansiedad e insomnio.
  • Enfermedades de la mujer, tales como endometriosis o infertilidad.
  • Se amplió el catálogo de tipos de cáncer de origen laboral, de 4 (cuatro) a treinta (30) tipos.
  • El catálogo de patologías infecciosas y parasitarias se amplía de veintiuno (21) a cuarenta y un (41) padecimientos, incluyendo el SARS-CoV-2 (COVID-19).

Nuevas cédulas para la evaluación de enfermedades de trabajo y actualización de Tabla de Valuación de Incapacidades Permanentes

También se incorporó un nuevo catálogo de cédulas para la evaluación de enfermedades de trabajo para determina el nexo causal entre el trabajo realizado y el daño ocasionado. Este catálogo, de conformidad con el Artículo Segundo Transitorio de la Reforma, deberá ser publicado en el DOF por parte de la STPS, dentro de los cuarenta y cinco (45) días hábiles posteriores a la entrada en vigor de la Reforma, es decir, a más tardar el 9 de febrero de 2024.

Asimismo, se actualizó la tabla de evaluación de incapacidades permanentes derivadas de riesgos de trabajo.

Obligación de revisarse cada 5 (cinco) años

Igualmente, la Reforma adicionó como nueva obligación para la STPS el revisar, cuando menos, cada 5 (cinco) años tanto las tablas mencionadas, así como el catálogo de cédulas para la evaluación de enfermedades de trabajo, para mantenerlas actualizadas conforme a los avances de la medicina.

Resulta vital que los patrones se mantengan informados sobre las modificaciones realizadas y actúen para asegurar la protección y el bienestar de las personas trabajadoras. Esto podría abarcar la implementación de normas de seguridad, proveer equipo de protección individual apropiado, el fomento de hábitos higiénicos correctos y la realización de entrenamientos en prevención de enfermedades relacionadas con el trabajo, entre otros.

Quedamos a su disposición para cualquier duda que pudiera surgir.

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