El desafío a la autoridad de la ONU y la CPI tras el archivo de la orden de arresto contra líderes israelíes
El pasado 24 de junio de 2025, según fuentes diplomáticas y medios internacionales, la Corte Penal Internacional (CPI) habría considerado la suspensión provisional del procedimiento de emisión de órdenes de arresto contra altos funcionarios del gobierno de Israel, incluido el primer ministro y el ministro de defensa, en el contexto del conflicto en Gaza. Esta decisión, motivada por la falta de cooperación de varios Estados parte del Estatuto de Roma[1] y según diversas fuentes, habrían influido en ejercidas en el Consejo de Seguridad de la ONU, ha generado un intenso debate jurídico y político sobre la legitimidad, independencia y eficacia de los organismos internacionales en la aplicación del derecho penal internacional.
La medida fue calificada por organismos de derechos humanos como “una claudicación ante la presión geopolítica”, mientras que países como Sudáfrica, Bélgica y Chile han expresado su preocupación por el precedente que sienta la posible suspensión procesal en etapa avanzada, y por los riesgos de erosión institucional en los sistemas multilaterales de justicia.
Fundamento legal y controversia procesal
Las órdenes de arresto fueron solicitadas por la Fiscalía de la CPI[2] bajo el argumento de presuntos crímenes de guerra y crímenes de lesa humanidad, en el marco de las hostilidades de 2023-2024 en Gaza, que dejaron un saldo de más de 11,000 civiles muertos. La solicitud se sustentaba en pruebas documentales y testimonios obtenidos mediante mecanismos de cooperación internacional.
Sin embargo, la falta de ejecución de las órdenes por parte de Estados obligados a hacerlo bajo el Estatuto de Roma, así como las amenazas diplomáticas explícitas por parte de Estados Unidos y Reino Unido, habría llevado a la Sala de Cuestiones Preliminares a considerar una suspensión del procedimiento a la espera de condiciones más favorables para su implementación.
Desde una perspectiva jurídica, esta decisión abre una crisis institucional sobre el alcance real del principio de complementariedad, la ejecución de resoluciones vinculantes y el deber de cooperación de los Estados parte. Organismos académicos han alertado que, de mantenerse esta tendencia, la CPI podría convertirse en un mecanismo simbólico sin efectos prácticos en conflictos de alta relevancia geopolítica.
Desafío a la legalidad internacional
La suspensión ha sido interpretada por algunos analistas como un debilitamiento del sistema de justicia penal internacional, y una posible violación al derecho de las víctimas al acceso efectivo a la justicia. La falta de neutralidad, derivada de presiones políticas, también vulnera la confianza en la imparcialidad de la Corte y de la ONU como garantes del orden jurídico internacional.
El caso pone sobre la mesa la necesidad urgente de reformar los mecanismos de ejecución de la CPI, revisar las prerrogativas del Consejo de Seguridad en la activación o paralización de procedimientos judiciales, y fortalecer la independencia presupuestal y operativa de la Fiscalía.
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[1] El artículo 86 del Estatuto de Roma establece que la Corte Penal Internacional será una institución permanente con jurisdicción sobre crímenes graves de trascendencia internacional.
[2] La fiscalía solicitó las órdenes en mayo de 2024, pero que la decisión sobre su emisión aún está pendiente.