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20 junio, 2021

Alumnos contra profesores: la batalla de los apuntes

Noticia publicada en El País, con la opinión de Cristina Villasante, socia de ECIJA.

La práctica de compartir apuntes es tan antigua como la propia universidad. Sin embargo, internet ha permitido extender esta actividad extramuros del grupo de compañeros, convirtiendo lo que en principio era una actividad sin ánimo de lucro en un negocio donde las plataformas digitales hacen caja a partir del trabajo de los profesores.

Wuolah es la “plataforma líder de descarga de apuntes entre los países de habla hispana”, donde “cada día miles de estudiantes intercambian documentos”, según la página web de esta empresa que nació gracias a una idea que tuvieron cuatro universitarios sevillanos en 2015. En ella, los estudiantes pueden “descargar de forma gratuita los más de cuatro millones de documentos con publicidad que hay subidos a la plataforma” o hacerlo sin publicidad, pero abonando una cantidad de dinero determinada. La plataforma recomienda hacer las descargas pagando porque “es una buena forma de suprimir el contenido de los documentos que puede distraer” al alumno, como son los logos de las empresas que se anuncian en los márgenes de los apuntes.

En concreto, según promocionan esta semana, un Wuolah Coin equivale a una descarga sin publicidad. Por diez de estas monedas (cuestan 4,95 euros) se tienen diez apuntes sin anuncios. Por 200 monedas (el precio es de 19,95 euros) se tiene acceso a 200 notas.

Por otro lado, la compañía remunera a los usuarios que suben los apuntes en función del número de descargas. Según explica Enrique Ruiz, uno de los fundadores, si se lo toman “muy en serio” los estudiantes pueden ganar al mes “unos 100 euros”, aunque la mayoría de ellos “suele ganar unos 30 o 40 euros al año”. La empresa, por su parte, ha recaudado más de un millón de euros de rondas de inversión y ha sido apadrinada por la aceleradora de start-ups de la Junta de Andalucía.

Según Ruiz, “el gran incentivo” para los estudiantes “es el reconocimiento social”, es decir, “ver el número de las descargas y sentir la admiración” del resto de compañeros. Sin embargo, esta práctica está generando malestar entre diferentes profesores universitarios, que denuncian, entre otras cuestiones, que da lugar a un nuevo modelo de negocio que amenaza sus derechos de propiedad intelectual.

Beneficios variables

Andrés Recalde, catedrático de Derecho Mercantil de la Universidad Autónoma de Madrid, explica que “la ganancia que los estudiantes pueden obtener” con sus materiales “es mínima, pero una aplicación empresarial juega con grandes números”. Así, “mis apuntes, junto con los de muchos otros profesores, le pueden suponer un beneficio significativo, por mucho que a los estudiantes poco les reporte”.

El profesor señala que cuando deja a sus alumnos los materiales de estudio que ha elaborado, lo hace “gratuitamente”, con fines docentes. “No me importa que los estudiantes los utilicen o los transformen. Tan solo espero que se respete una indicación sobre mi autoría”. Por eso, cree que si él no se lucra con sus materiales didácticos, tampoco lo deben hacer otras personas.

La gran incógnita que generan plataformas como Wuolah es si se vulneran los derechos de propiedad intelectual de los profesores al haber ánimo de lucro. María Ángela Fernández, asociada sénior del despacho de abogados Bird & Bird, señala que no es una “cuestión sencilla” de responder. Aunque hay que analizar cada caso, se pueden diferenciar tres supuestos. En primer lugar, que el profesor no esté amparado por la ley de propiedad intelectual, que “no permite la protección de ideas abstractas”. Así, por ejemplo, si el docente solo explica las leyes de la termodinámica, esas ideas no serían susceptibles de salvaguarda porque se trata de conceptos “ya existentes”.

Tampoco habría vulneración si se cita “al autor y la fuente con el fin de la docencia”. Pero “no puedes copiar un manual entero, aunque sea identificando al autor. La cita debe limitarse a enseñar un concepto”, advierte.

Cuestión distinta tiene lugar cuando el maestro expresa “de una forma novedosa” los conceptos, en cuyo caso la “obra” sí podría ser susceptible de amparo. Sería el caso, por ejemplo, del profesor de Derecho Romano que crea una historia para explicarle a sus alumnos las instituciones que había en Roma, ilustra la abogada.

Y es que, las explicaciones del profesor en clase son susceptibles de protección cuando son de su propia autoría, es decir, cuando van más allá de reproducir un manual. “Partiendo de esta premisa, los alumnos que las transcriben literalmente no pueden atribuírselas. Por tanto, para llevar a cabo actos de explotación, el alumno necesitaría la autorización previa del docente o de otro modo estaría infringiendo los derechos de propiedad intelectual que le corresponden” al titular de la asignatura, sostiene Cristina Villasante, socia de Ecija Abogados.

De ser así, y “sin perjuicio de las consecuencias que la plataforma haya podido prever en sus términos y condiciones, como la cancelación de la cuenta del usuario o la retirada de los contenidos, el profesor podría reclamar al alumno infractor una indemnización por daños y perjuicios”, manifiesta.

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Cristina Villasante