El Tribunal Constitucional y la controvertida Ley de Vivienda
Nota informativa de ECIJA Zaragoza sobre la Ley de Vivienda.
El pleno del TC reconoce como derecho constitucional el derecho a la vivienda y desestima la mayor parte de las quejas dirigidas contra la ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda.
Desde su aprobación, la Ley 12/2023 de 24 de mayo, por el Derecho a la Vivienda ha sido muy polémica. Cuestionada por todos los operadores jurídicos, no ha llegado a ser aceptada por la mayoría de los Gobiernos autonómicos que, en defensa de sus competencias en materia de vivienda, han interpuesto un elevado número de recursos de inconstitucionalidad. En ese sentido, recientemente, el Pleno del Tribunal Constitucional ha dictado sentencia con fecha 22 de mayo de 2024 por la que reconoce el Derecho a la Vivienda como derecho constitucional, y desestima la mayor parte de las quejas dirigidas contra la Ley. La conclusión a la que se llega es que los preceptos impugnados incurren en un exceso competencial, al invadir las competencias autonómicas en materia de vivienda, lo que conlleva la declaración de inconstitucionalidad y nulidad.
En concreto, los preceptos afectados por la declaración del TC son el artículo 16, con base en el excesivo nivel de detalle en lo que a la regulación de vivienda protegida se refiere y por establecer un régimen de aplicación supletoria en una materia que es competencia exclusiva de las comunidades autónomas; el artículo 19.3, segundo inciso, al considerar excesiva la información sobre los datos identificativos de la vivienda y sus usos que deben suministrar los grandes tenedores en los supuestos en que se declaren zonas tensionadas, cuya determinación debe corresponder a las Comunidades autónomas; y, finalmente, el artículo 27, apartado 1, tercero y 3, al incurrir en un exceso en la determinación de la composición de los parques públicos de vivienda, fuera de la cobertura constitucional y de los principios de autonomía financiera. Así, queda anulada la obligación de invertir las sanciones por el incumplimiento de la función social de la vivienda en la creación de parques públicos de vivienda.