Sala de Prensa

22 enero, 2025

Incentivo Tributario: 150% Adicional de Deducibilidad por Patrocinios Culturales

Nota informativa del área de Inversión de ECIJA GPA.

El Ministerio de Cultura y Patrimonio de Ecuador, mediante los Acuerdos Ministeriales Nro. MCYP-MCYP-2024-0015-A, MCYP-MCYP-2024-0053-A y MCYP-MCYP-2024-0145-A, ha establecido un incentivo tributario que permite a personas y empresas acceder a una deducibilidad adicional del 150% en su base imponible del impuesto a la renta. Este beneficio busca fomentar el desarrollo de eventos artísticos y culturales, así como la producción de obras cinematográficas y la innovación en el sector cultural.

¿Cómo funciona el incentivo?
El trámite se divide en dos etapas:

  1. Calificación de Propuesta: El Ministerio de Cultura y Patrimonio emite un documento que acredita la validez de la propuesta artística o cultural presentada.
  2. Certificación: Este documento garantiza que los recursos entregados al patrocinado son aptos para el beneficio de deducibilidad tributaria.

¿Qué iniciativas pueden beneficiarse?
El incentivo aplica a:

  • Eventos artísticos y culturales: Conciertos, obras de teatro y exhibiciones artísticas.
  • Producción y patrocinio de obras cinematográficas: Largometrajes y cortometrajes.
  • Aportes al fomento de las artes e innovación cultural: Instalaciones visuales y sonoras, cineforos, festivales y proyectos de realidad aumentada.

Tipos de patrocinio considerados:

  • Monetarios: Realizados en efectivo.
  • No monetarios: Realizados a través de bienes o servicios.

Este beneficio representa una oportunidad única para empresas y particulares interesados en fortalecer la industria cultural del país, al tiempo que obtienen ventajas fiscales. Con esta medida, Ecuador continúa apostando por la promoción del arte, la innovación y la cultura como pilares fundamentales de su desarrollo social y económico.

 

Descarga la nota informativa para profundizar sobre este incentivo tributario. 

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Paola Robalino