Los patrones adictivos en el punto de mira
Nota informativa del área de Protección de Datos de ECIJA Madrid.
(I) CONTEXTO
Scrolling infinito, recompensas periódicas, reproducción automática, pull to refresh, recomendaciones algorítmicas, mensajes push… son elementos recurrentes en el diseño de los servicios en línea que se encuentran en el punto de mira de las autoridades.
Varios estudios sobre estos patrones de diseño, implementados en numerosas plataformas digitales, indican que pueden fomentar comportamientos adictivos por parte de los usuarios.
El reciente informe sobre Patrones adictivos en el tratamiento de datos personales (en adelante, el “Informe”) de la Agencia Española de Protección de Datos (“AEPD”) aborda nuevos casos de uso, tanto en redes sociales, como en plataformas, aplicaciones y servicios de vídeo o música, de contenido para adultos, juegos, aprendizaje, salud, etc.
Los patrones adictivos, entendidos como una categoría específica de patrones engañosos, se definen por la AEPD como aquellas “características, atributos o prácticas de diseño que determinan una manera concreta de utilizar plataformas, aplicaciones o servicios digitales que persiguen que los usuarios dediquen mucho más tiempo a utilizarlos o con un mayor grado de compromiso del esperado, conveniente o saludable para ellos”.
El Informe se anuncia como complementario a las Directrices 3/2022 del Comité Europeo de Protección de Datos (“CEPD”) que ya abordaban el uso de patrones engañosos estrictamente en el ámbito de las redes sociales.
Aunque el Reglamento (UE) 2065/2022 relativo a un mercado único de servicios digitales (“DSA”) establece la prohibición de los “dark patterns” o patrones engañosos (Art.25), está previsto el desarrollo de nuevas propuestas legislativas que aborden en particular el diseño
adictivo:
- Directrices del CEPD sobre la interrelación entre el RGPD y la DSA, en proceso de elaboración y en las que la AEPD solicitará que se incluyan los patrones adictivos.
- Directrices de la Comisión sobre prácticas específicas de diseño y organización de interfaces en línea, así como sobre la reducción de riesgos sistémicos (Art. 25.3 y 35.3 DSA), respecto de las cuales el Parlamento Europeo ha instado a abordar determinados patrones de carácter adictivo.
Asimismo, actualmente se encuentran en curso dos procedimientos relacionados, entre otras cuestiones, con el uso patrones adictivos y la estimulación de actividades conductuales contra Meta (16/05/2024) y TikTok (19/02/2024).
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