Patentes y pueblos indígenas. Una fructífera relación
Mike Margáin en El Universal
Por fin, y después de casi 25 años de intensas y muy acaloradas negociaciones, se logró un acuerdo histórico: el Tratado sobre Recursos Genéticos y Conocimientos Tradicionales. Este es un paso fundamental para proteger los conocimientos y recursos de las comunidades indígenas y locales, y México tiene mucho que ganar con él.
Remontémonos a 1999, cuando Colombia propuso a la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) la inclusión de disposiciones que vincularan las solicitudes de patentes con garantías de protección a los recursos biológicos y genéticos de los países. La propuesta colombiana – secundada por varios países y rechazada por otros – buscaba asegurar que los recursos relacionados con las patentes fueran obtenidos legalmente al contar con la autorización de acceso a ellos. Las negociaciones comenzaron en 2001 y, finalmente, se alcanzó un acuerdo.
El 24 de mayo de 2024 se aprobó este nuevo tratado. Es el primero que aborda la relación entre propiedad intelectual (PI), recursos genéticos y conocimientos tradicionales, e incluye disposiciones específicas para pueblos indígenas y comunidades locales. Una vez que entre en vigor, establecerá un nuevo requisito de divulgación para solicitantes de patentes con el fin de asegurar que los beneficios se compartan de manera justa.
Sin duda, uno de los aspectos más destacables y celebrados de este nuevo tratado es la exclusión de los recursos genéticos humanos de su ámbito de aplicación. Esto subraya el respeto por la dignidad humana y garantiza que los principios éticos se mantengan firmes. México y la Santa Sede, atinada y congruentemente, aplaudieron esta decisión.
El tratado establece que quienes soliciten patentes sobre invenciones basadas en recursos genéticos o conocimientos tradicionales deben divulgarlo. Si la invención se basa en recursos genéticos, los solicitantes deben revelar el país de origen. Si se basa en conocimientos tradicionales, deben revelar la comunidad indígena o local de donde proviene el conocimiento.
Este tratado es vital porque asegura que los derechos de las comunidades sobre sus conocimientos y recursos sean reconocidos y respetados. Los protege contra la biopiratería y el uso no autorizado de éstos, estableciendo reglas claras sobre cómo deben adquirirse y manejarse.
Ahora, cada vez que alguien presente una solicitud de patente basada en recursos genéticos o conocimientos tradicionales, deberá revelar el origen de esos recursos. Esto significa que las empresas y los investigadores tendrán que dar crédito a las comunidades que los proporcionaron, esto con el fin –se insiste– de asegurar que los beneficios que la patente genere se compartan de manera justa.
Para México, este tratado representa una gran oportunidad. Nuestra biodiversidad y la rica herencia de conocimientos tradicionales pueden ser una fuente de innovación y desarrollo sostenible. Con este tratado, podemos asegurarnos de que los beneficios de usar estos recursos se compartan de manera justa con las comunidades locales.
Es crucial que México fortalezca su marco legal y regulatorio para implementar el tratado de manera efectiva. Esto incluye asegurar que las comunidades indígenas y locales sean parte del proceso y que reciban los beneficios que les corresponden. También es fundamental educar a las comunidades y a los funcionarios sobre los derechos y beneficios que ofrece el tratado.
México tiene la oportunidad de promover proyectos en materia de recursos biológicos que pueden ser muy exitosos, y en los cuales deberán involucrarse las comunidades locales para recibir una parte justa de los beneficios.
Sin embargo, hay desafíos. Por un lado, tenemos que los sistemas actuales de PI no se adaptan bien a la naturaleza colectiva de los conocimientos tradicionales, y por el otro, que la experiencia nos ha enseñado que la implementación de temas actuales y complejos acarrea burocracia y corrupción. Esperemos que este no sea el caso. Es necesario un enfoque más flexible que reconozca estos conocimientos como patrimonio colectivo, así como de mecanismos transparentes y eficientes para la gestión y distribución de beneficios.
Así, y de manera global, con este tratado, se confirma que el sistema de PI incentiva la innovación y, al mismo tiempo, responde a las necesidades de los pueblos indígenas y comunidades locales.
Para México, en donde la administración federal actual –y seguramente la que viene– se ha propuesto reconocer los derechos colectivos de los pueblos indígenas sobre su patrimonio, expresiones y conocimientos tradicionales, este nuevo tratado representa un gran reto y promete grandes logros. ¡Vamos por ellos! ¡Hagamos todo lo necesario para implementar de manera correcta el tratado! ¡Y a sacar el mayor provecho de él!
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