Este artículo fue publicado por Redacción Médica.
En el contexto de la crisis sanitaria que estamos sufriendo, y en especial, con motivo del confinamiento, el uso de la telemedicina se ha disparado convirtiéndose en una alternativa primordial a la asistencia sanitaria presencial y permitiendo la continuidad de la prestación de la atención sanitaria, así como el seguimiento del estado de los pacientes en sus casas. La telemedicina ayuda indudablemente a evitar la propagación del virus y los colapsos en centros de sanitarios y consultas.
En cuanto a su definición, la telemedicina es un método que permite la prevención, el diagnóstico, tratamiento y seguimiento del paciente, a través de texto, sonido, imágenes u otras formas, a distancia gracias al uso de las telecomunicaciones.
Cabe destacar que la telemedicina abarca a todo tipo de profesional sanitario habilitado. En este sentido, estamos presenciando cómo muchos profesionales sanitarios como pediatras, fisioterapeutas, dermatólogos, entre otros, han recurrido a las consultas online y al intercambio correos electrónicos con sus pacientes ante la búsqueda de ayuda por parte de los pacientes.
Marco Legal
Asimismo, en cuanto a su regulación, cabe destacar que España no cuenta con una regulación específica en esta materia. Sin embargo, al tratarse de un medio que se vale de la infraestructura de telecomunicaciones y la atención sanitaria se lleva a cabo a distancia, se recurre en especial, a la Ley 34/2002, de 11 de julio, de Servicios de la Sociedad de la Información y Comercio Electrónico (LSSI), así como a la normativa específica en materia sanitaria como la Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y las normas deontológicas y de ética reguladoras de la profesión sanitaria correspondiente.
Igualmente, en cuanto a la regulación de la protección de los datos a través de este medio, se deberá observar el cumplimiento tanto del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 (en adelante, “RGPD”), como la Ley Orgánica 3/2018 de 5 de diciembre de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
Teniendo en consideración lo anterior, ¿cuál es el impacto de la telemedicina en la protección de los datos personales?
No cabe dejar de lado el hecho de que la telemedicina, no deja de ser un método que implica la transmisión de datos de carácter personal, y en especial, de información sobre datos de salud, siendo precisamente por este motivo que dicha transmisión, debe efectuarse de una manera segura, cumpliendo en todo momento con las garantías legales que la normativa en materia de protección de datos exige.
Es importante recordar en este sentido, que los profesionales sanitarios deben utilizar plataformas que garanticen la seguridad de la información que se vaya a transmitir y almacenar, evitando la utilización de su dispositivo móvil para recoger datos de pacientes, así como el envío de información y datos de salud a través de sistemas de mensajería, que son manifiestamente inseguros.
Actualmente, estamos presenciando como se ha disparado el desarrollo y disponibilidad de apps sanitarias, así como su descarga por parte de los usuarios/pacientes. Sin embargo, en la actualidad nos encontramos con Apps que, ante la evidente situación de urgencia y la creciente oportunidad de negocio, no están dando cumplimiento a principios esenciales recogidos en el RGPD, tales como la licitud, lealtad y transparencia a la hora de informar sobre el tratamiento de datos, la integridad y confidencialidad de los datos personales o la limitación del plazo de conservación de los datos personales.
Tips Legales
A efectos de poder cumplir con las obligaciones en materia de protección de datos personales y servicios de la sociedad de la información, se detallan a continuación, una serie de claves a tener en cuenta:
La información que debe facilitarse al usuario/paciente
- Un aviso legal en el que se incluya información identificativa del profesional sanitario: El profesional sanitario, deberá facilitar en la plataforma app/web etc., entre otros, los datos del colegio profesional al que pertenezca y número de colegiado, el título académico oficial o profesional con el que cuente.
- Los términos y condiciones del uso de la App/web etc.