Sala de Prensa

25 agosto, 2021

Modificaciones para la negociación de cheques de pago diferido y pagarés.

Mediante la Resolución General 902/2021, publicado en el Boletín Oficial el día 23 de agosto de 2021 y con efectos a partir del día siguiente de su publicación, la Comisión Nacional de Valores introdujo modificaciones a la reglamentación vigente para la negociación de cheques de pago diferido y pagarés.

En relación a los cheques de pago diferido se incorpora la posibilidad de que los Mercados reglamenten la negociación de aquellos cheques cuyos libradores no cumplan con la totalidad de los requisitos establecidos para el análisis de riesgo, siempre que los compradores sean notificados de tal situación, revistan calidad de inversores calificados y dichos instrumentos se negocien en un segmento especial y debidamente diferenciado (nuevo inciso d.6 en  artículo 33 de la Sección X del Capítulo V del Título VI de las NORMAS (N.T. 2013 y mod.)

En relación a los pagarés, se reducen los montos mínimos de emisión (de $ 100.000 a $ 5.000) y el plazo mínimo de vencimiento para la negociación de los pagarés en los Mercados (de 90 días a 15 días), lo cual busca la utilización de estos instrumentos como garantías para las operaciones denominadas de “Microcréditos”. Además, se establece la posibilidad que los mismos puedan ser emitidos a favor de un tercero, siempre y cuando se indique mediante endoso que se entregan “Para su negociación en Mercados registrados en CNV”.