Sala de Prensa

2 julio, 2014

Nota Informativa

Campaña de actuaciones inspectoras de la Agencia Tributaria sobre los rendimientos obtenidos en el Impuesto de Sociedades

Madrid 02.07.2014

El carácter deducible, en el Impuesto de Sociedades, de las retribuciones satisfechas a los administradores de las sociedades mercantiles ha sido en los últimos años un tema conflictivo entre las diferentes posturas de las empresas, la Hacienda Pública y los Tribunales de Justicia. En concreto, la doctrina asentada por la Administración Tributaria por la cual las remuneraciones disfrutadas por los administradores son consideradas donativos o liberalidades, y por tanto, no tienen naturaleza deducible para la sociedad pagadora, ha generado no pocas divergencias entre dicha interpretación y la postura del obligado tributario y que finalmente han acabado en procedimientos judiciales.

En recientes fechas, y en base a la anterior doctrina, la Agencia Tributaria ha puesto en marcha una campaña de actuaciones inspectoras al objeto de verificar la correcta deducibilidad de los conceptos por rendimientos obtenidos por administradores en el Impuesto de Sociedades de la empresa de los cuatro años anteriores (los ejercicios abiertos a Inspección). A estos efectos, solicitan diversa documentación, como justificante de las retenciones practicadas, justificación y acreditación del gasto, copia de los Estatutos Sociales, entre otros documentos.

Para poder mitigar, e incluso eliminar, los riesgos que se pudieran generar en su empresa por esta última campaña de la Agencia Tributaria, en ECIJA ponemos a su disposición nuestros servicios legales y fiscales que comprobarán y calcularán la contingencia de acuerdo con la doctrina de Hacienda, y en caso de que fuera necesario, adoptarán las medidas correctoras oportunas para eliminar dicha contingencia, con los consiguientes resultados positivos que ello puede conllevar para su empresa.

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