Sala de Prensa

1 febrero, 2022

MINSAL publica nuevas modificaciones al plan “paso a paso”

El 20 de enero de 2022 se publicó en el Diario Oficial, la Resolución exenta número 72, emitida por el Ministerio de Salud con fecha 19 de enero de 2022 (en adelante la “Resolución”), que modifica la Resolución N°994 de 2021, que establece el cuarto plan “Paso a Paso”.

Las principales modificaciones al plan “Paso a Paso”, se resumen a continuación:

  • Aislamiento de personas contagiadas:

Si una persona se encuentra diagnosticada con Covid-19, el aislamiento será de 7 días, contados desde la fecha de inicio de síntomas. Por su parte, si es un caso asintomático, el aislamiento será por 7 días, contados desde la fecha de toma de muestra del examen que identificó la infección.

  • Incorporación de definición de persona en alerta COVID-19:

Se incorpora la figura de “Persona en Alerta Covid -19”. Se entenderá que una persona se encuentra en alerta Covid – 19, cuando se cumplan las siguientes hipótesis:

  1. Si la persona vive o ha estado a menos de un metro de distancia, sin mascarilla o sin el uso de mascarilla, de un caso probable o de un caso confirmado sintomático entre los 2 días antes y hasta 7 días después del inicio de los síntomas del caso.
  2. Si la persona vive o has estado a menos de un metro de distancia, sin mascarilla o sin el uso correcto de la mascarilla, de un caso probable o de un caso confirmado asintomático entre los 2 días antes y hasta 7 días después de la toma de muestra de test PCR o antígeno para SARS- CoV-2, tomado en un centro de salud mandatado por la autoridad sanitaria.
  • Modificación definición de contacto estrecho.

En el caso de brotes confirmados y priorizados por la autoridad sanitaria, luego de la investigación epidemiológica, dicha autoridad podrá calificar como contacto estrecho a aquella persona que haya estado expuesta a un caso conformado o probable con COVID-19, entre 2 días antes del inicio de síntomas y 7 días después del inicio de los síntomas del enfermo. En el caso de una persona que no presente síntomas, el contacto deberá haberse producido entre 2 días antes de la toma de muestra del test PCR o prueba de antígenos para SARS – CoV-2 y durante los 7 días siguientes a dicha toma de muestra.

Además de lo anterior, para ser calificado como contacto estrecho por la autoridad debe darse alguna de las siguientes condiciones:

  1. Haber mantenido más de 15 minutos de contacto cara a cara o contacto físico, a menos de un metro, sin el correcto uso de mascarilla.
  2. Haber compartido un espacio cerrado por 2 horas o más, en lugares tales como oficinas, recintos de trabajo, reuniones, colegios, entre otros, sin el correcto uso de mascarilla.
  1. Cohabitar o pernoctar en el mismo hogar o lugares similares, internados, instituciones cerradas, ELEAM, residencias, viviendas colectivas o recintos de trabajo, entre otros, excluyendo hoteles.
  2. Haberse trasladado en cualquier medio de transporte cerrado a una proximidad menor de un metro con otro ocupante del medio de transporte que esté contagiado, sin el correcto uso de mascarilla, por al menos 2 horas.
  3. Haber brindado atención directa a un caso probable o confirmado, por un trabajador de la salud, sin mascarilla de tipo quirúrgico y protección ocular. Si se realiza un procedimiento generador de aerosoles de mayor riesgo, sin respirador N95 o equivalente, ni protección ocular.

 

Por la investigación epidemiológica de la autoridad sanitaria, se podrá considerar a una persona como contacto estrecho, aun cuando no se haya cumplido a cabalidad con las circunstancias mencionadas en el punto 3.

Sin perjuicio de lo anterior, cabe hacer presente que no se considerará contacto estrecho a una persona durante un periodo de 60 días después de haber sido un caso confirmado de COVID-19.

 

  • Incorporación nuevo criterio de “caso sospechoso”.

Se entenderá caso sospechoso, aquella persona que:

  1. a) Presente un cuadro agudo de enfermedad con algunos síntomas, tales como, fiebre sobre 37,8, tos, congestión nasal, debilidad general, etc (el listado total figura en el numeral 15 de la Resolución en cuestión).
  2. b) Presente enfermedad respiratoria aguda grave que haga necesaria su hospitalización.
  3. c) Sea considerada como contacto estrecho y además tenga, al menos, uno de los síntomas de Covid-19.
  • Definición de “caso probable”.

Se entenderá por caso probable aquel caso sospechoso (punto 4 anterior) “con resultado de prueba PCR o antígeno para SARS-CoV-2 negativo o indeterminado o sin test diagnóstico, pero que cuenta con una tomografía computarizada de tórax con imágenes características de COVID-19 definidas así por un médico en la conclusión diagnóstica.”

  • Se agrega como nuevo síntoma de Covid-19, los estornudos.
  • Información de eventos masivos.

El o los organizadores de eventos en los que se espere una concurrencia masiva de público deberán informar si se exigirá o no Pase de Movilidad habilitado para el ingreso al recinto, tanto a los asistentes como a los trabajadores.

  • Actividades sin interacción entre los asistentes.

De las actividades sin interacción entre los asistentes, cuando el recinto tiene infraestructura previa con butacas o bancas fijas.

  • En Fase 2, de transición:

Para la realización de este tipo de actividades se deberán seguir las siguientes reglas:

 

  • La ubicación de los asistentes deberá ser permanente.
  • El cálculo de los aforos se realizará de la siguiente forma:
  • En espacios abiertos, el aforo será de hasta un 30% del total definido, con un máximo de 100 personas, si todas ellas tienen Pase de Movilidad habilitado.
  • En espacios cerrados, el aforo será de hasta un 20% del total definido, con un máximo de 50 personas, si todas ellas tienen Pase de Movilidad habilitado.

En ambos casos, aquellas personas que se ubiquen en asientos deberán mantener un espacio vacío cada dos personas

 

  • Si uno o más de los asistentes no tiene Pase de Movilidad habilitado, el aforo y el máximo permitido dispuestos en el literal anterior se reducirá a la mitad en espacios abiertos, y no se permitirá la realización de la actividad en espacios cerrados.
  • En los aforos antedichos se considerará a los trabajadores.
  • No se podrán sumar los aforos de espacios abiertos y cerrados para una misma actividad.
  • En un mismo recinto, podrán realizarse simultáneamente más de una actividad independiente, siempre y cuando los asistentes de una y otra actividad no tengan ningún tipo de interacción, incluyendo baños y entradas y salidas.
  • Los espacios cerrados deberán cumplir con norma estándar de ventilación.
  • No se podrán consumir alimentos.

 

  • De las actividades sin interacción entre los asistentes, cuando el recinto no tiene infraestructura previa con butacas o bancas fijas.
  • En Fase 2, de transición:

 

Para la realización de este tipo de actividades se deberán seguir las siguientes reglas:

  • La ubicación de los asistentes deberá ser permanente.
  • Las personas deberán estar a 1,5 metros de distancia entre sí.
  • El aforo máximo, si todos los asistentes cuentan con Pase de Movilidad habilitado, será 100 personas en espacios abiertos y de 50 personas en espacios cerrados.
  • Con todo, el aforo máximo no podrá superar de 1 persona cada 8 metros cuadrados de superficie útil.
  • Si uno o más de los asistentes no tiene Pase de Movilidad habilitado, el aforo dispuesto en el literal c se reducirá a la mitad en espacios abiertos, y no se permitirá la realización de la actividad en espacios cerrados.
  • En los aforos antedichos se considerará a los trabajadores.
  • No se podrán sumar los aforos de espacios abiertos y cerrados para una misma actividad.
  • En un mismo recinto, podrán realizarse simultáneamente más de una actividad independiente, siempre y cuando los asistentes de una y otra actividad no tengan ningún tipo de interacción, incluyendo baños y entradas y salidas.
  • Los espacios cerrados deberán cumplir con norma estándar de ventilación.
  • No se podrán consumir alimentos.
  • El o los organizadores de la actividad deberán informar si se exigirá o no Pase de Movilidad habilitado para el ingreso al recinto, tanto a los asistentes como a los trabajadores.

 

  • De las actividades sin interacción entre los asistentes, cuando el recinto tiene infraestructura previa con butacas o bancas fijas.

 

  • En Fase 3, de Preparación:

Para la realización de este tipo de actividades se deberán seguir las siguientes reglas:

  • La ubicación de los asistentes debe ser permanente.
  • El cálculo de los aforos se realizará de la siguiente forma:
  • En espacios abiertos, el aforo será de hasta un 70% del total definido, si todas ellas tienen Pase de Movilidad habilitado. Sin perjuicio de lo dispuesto en el literal d del numeral 64, se podrá consumir alimentos, pero en dicho caso el aforo máximo será de un 60%.
  • En espacios cerrados, el aforo será de hasta un 60% del total definido, si todas ellas tienen Pase de Movilidad habilitado. Sin perjuicio de lo dispuesto en el literal d del numeral 64, se podrá consumir alimentos, pero en dicho caso el aforo máximo será de un 50%, siempre que se mantenga un espacio vacío cada dos personas.
  • Si uno o más de los asistentes no tiene Pase de Movilidad habilitado, no se podrá realizar este tipo de actividades en espacios cerrados, y en espacios abiertos el aforo dispuesto en el numeral i precedente se reducirá a la mitad, debiendo los asistentes siempre mantener un espacio vacío cada dos personas.
  • En los aforos antedichos se considerará a los trabajadores.
  • No se podrán sumar los aforos de espacios abiertos y cerrados para una misma actividad.
  • En un mismo recinto, podrán realizarse simultáneamente más de una actividad independiente, siempre y cuando los asistentes de una y otra actividad no tengan ningún tipo de interacción, incluyendo baños y entradas y salidas.
  • Los espacios cerrados deberán cumplir con norma estándar de ventilación.
  • El o los organizadores de la actividad deberán informar si se exigirá o no Pase de Movilidad habilitado para el ingreso al recinto, tanto a los asistentes como a los trabajadores.

 

  • De las actividades sin interacción entre los asistentes, cuando el recinto no tiene infraestructura previa con butacas o bancas fijas.
  • En Fase 3, de Preparación:

 

Para la realización de este tipo de actividades se deberán seguir las siguientes reglas:

  • La ubicación de los asistentes deberá ser permanente.
  • Las personas deberán guardar una distancia de un metro entre sí.
  • El aforo máximo, si todos los asistentes cuentan con Pase de Movilidad habilitado, será 1.500 personas en espacios abiertos y de 750 personas en espacios cerrados.
  • Con todo, el aforo máximo no podrá superar de 1 persona cada 4 metros cuadrados de superficie útil.
  • Si uno o más de los asistentes no tiene Pase de Movilidad habilitado, no se podrá realizar este tipo de actividades en espacios cerrados, y en espacios abiertos el aforo dispuesto en el literal c se reducirá a 200 personas.
  • En los aforos antedichos se considerará a los trabajadores.
  • No se podrán sumar los aforos de espacios abiertos y cerrados para una misma actividad.

 

  • De las actividades con interacción entre asistentes.
  • En Fase 3, de Preparación:

La realización de este tipo de actividades deberá cumplir las siguientes reglas:

  • El aforo máximo será de 50 personas en espacios abiertos.
  • Si la totalidad de los asistentes tiene Pase de Movilidad habilitado, el aforo máximo será de 100 personas en espacios cerrados y de 250 personas en espacios abiertos.
  • En los aforos antedichos se considerará a los trabajadores.
  • No se podrán sumar los aforos de espacios abiertos y cerrados para una misma actividad.
  • En un mismo recinto, podrán realizarse simultáneamente más de una actividad independiente, siempre y cuando los asistentes de una y otra actividad no tengan ningún tipo de interacción, incluyendo baños y entradas y salidas.
  • Los espacios cerrados deberán cumplir con la norma estándar de ventilación.
  • Sin perjuicio de lo dispuesto en las letras a. y b., el aforo total no podrá exceder de 1 persona por cada 5 metros cuadrados de la superficie útil destinada al público.
  • El o los organizadores de la actividad deberán informar, si se exigirá o no Pase de Movilidad habilitado para el ingreso al recinto, tanto a los asistentes como a los trabajadores.
  • En el caso de una convocatoria en residencia particular, el organizador no residente será responsable de garantizar el cumplimiento de los literales anteriores durante la actividad.

 

  • De las actividades sin interacción entre los asistentes, cuando el recinto no tiene infraestructura previa con butacas o bancas fijas.
  • En Fase 4, de Apertura Inicial:

Para la realización de este tipo de actividades se deberán seguir las siguientes reglas:

  • La ubicación de los asistentes deberá ser permanente.
  • Las personas deberán guardar una distancia de un metro entre sí.
  • El aforo máximo, si todos los asistentes cuentan con Pase de Movilidad habilitado, será 5.000 personas en espacios abiertos y de 1.000 personas en espacios cerrados.
  • Con todo, el aforo máximo no podrá superar de 1 persona cada 2 metros cuadrados de superficie útil.
  • Si uno o más de los asistentes no tiene Pase de Movilidad habilitado, no se podrá realizar este tipo de actividades en espacios cerrados, y en espacios abiertos el aforo dispuesto en el literal c se reducirá a 500 personas en espacios abiertos y a 250 personas en espacios cerrados.
  • Podrán consumirse alimentos.
  • En los aforos antedichos se considerará a los trabajadores.
  • No se podrán sumar los aforos de espacios abiertos y cerrados para una misma actividad.
  • En un mismo recinto, podrán realizarse simultáneamente más de una actividad independiente, siempre y cuando los asistentes de una y otra actividad no tengan ningún tipo de interacción, incluyendo baños y entradas y salidas.
  • Los espacios cerrados deberán cumplir con norma estándar de ventilación.
  • El o los organizadores de la actividad deberán informar si se exigirá o no Pase de Movilidad habilitado para el ingreso al recinto, tanto a los asistentes como a los trabajadores.

En el caso de una actividad que se realice en lugar abierto, en una localidad que retrocede al Paso anterior dos semanas antes del día en que se lleva a cabo la actividad, se permitirá la asistencia del público que, al momento de la entrada en vigencia del retroceso de Paso, ya contaba con su ticket, aun cuando el número total de ellas exceda el aforo permitido para el día de la actividad. No se permitirá la asistencia del público que, con posterioridad a la entrada en vigencia del retroceso de Paso, adquiere tickets y ello conlleva exceder el aforo máximo al día de la actividad.

 

  • De las actividades con interacción entre asistentes.
  • En Fase 4, de Apertura Inicial:

La realización de este tipo de actividades deberá cumplir con las siguientes reglas:

  • El aforo máximo será de 100 personas en espacios abiertos.
  • Si la totalidad de los asistentes tiene Pase de Movilidad habilitado, el aforo máximo será de 250 personas en espacios cerrados y de 1.000 personas en espacios abiertos.
  • En los aforos se considerará a los trabajadores.
  • No se podrán sumar los aforos de espacios abiertos y cerrados para una misma actividad.
  • En un mismo recinto, podrán realizarse simultáneamente más de una actividad independiente, siempre y cuando los asistentes de una y otra actividad no tengan ningún tipo de interacción, incluyendo baños y entradas y salidas.
  • Los espacios cerrados deberán cumplir con norma estándar de ventilación.
  • El o los organizadores de la actividad deberán informar si se exigirá o no Pase de Movilidad habilitado para el ingreso al recinto, tanto a los asistentes como a los trabajadores.

Sin perjuicio de lo dispuesto en las letras a. y b., el aforo total no podrá exceder de 1 persona por cada 3 metros cuadrados de la superficie útil destinada al público.     En el caso de una convocatoria en residencia particular, el organizador no residente será responsable de garantizar el cumplimiento de los literales anteriores durante la actividad.

  • De las actividades sin interacción entre los asistentes, cuando el recinto tiene infraestructura previa con butacas o bancas fijas.
  • En Fase 5, de Apertura Avanzada:
  • Para la realización de este tipo de actividades se deberán seguir las siguientes reglas:
  • Los asistentes deberán mantener ubicación fija.
  • Si todos los asistentes tienen Pase de Movilidad habilitado, no existirá restricción de aforos.
  • Si uno o más de los asistentes no tiene Pase de Movilidad habilitado, el aforo se calculará de la siguiente forma:
  • En espacios abiertos, el aforo será de hasta un 70% del total definido.
  • En espacios cerrados, el aforo será de hasta un 60% del total definido.
  • Podrán consumirse alimentos.
  • En los aforos antedichos se considerará a los trabajadores.
  • No se podrán sumar los aforos de espacios abiertos y cerrados para una misma actividad, en caso en que alguna de ellas haya uno o más asistentes que no tengan Pase de Movilidad habilitado.
  • En un mismo recinto, y cuando existan asistentes que no tengan Pase de Movilidad habilitado, podrán realizarse simultáneamente más de una actividad independiente, siempre y cuando los asistentes de una y otra actividad no tengan ningún tipo de interacción, incluyendo baños y entradas y salidas.
  • Los espacios cerrados deberán cumplir con norma estándar de ventilación.
  • El o los organizadores de la actividad deberán informar si se exigirá o no Pase de Movilidad habilitado para el ingreso al recinto, tanto a los asistentes como a los trabajadores.

En el caso de una actividad que se realice en lugar abierto, en una localidad que retrocede al Paso anterior dos semanas antes del día en que se lleva a cabo la actividad, se permitirá la asistencia del público que, al momento de la entrada en vigencia del retroceso de Paso, ya contaba con su ticket, aun cuando el número total de ellas exceda el aforo permitido para el día de la actividad. No se permitirá la asistencia del público que, con posterioridad a la entrada en vigencia del retroceso de Paso, adquiere tickets y ello conlleva exceder el aforo máximo al día de la actividad.

  • De las actividades sin interacción entre los asistentes, cuando el recinto no tiene infraestructura previa con butacas o bancas fijas.
  • En Fase 5, de Apertura Avanzada:

Para la realización de este tipo de actividades se deberán seguir las siguientes reglas:

  • Los asistentes deberán mantener ubicación fija.
  • No existirá restricción de aforo y de distancia entre asistentes, si todos ellos cuentan con Pase de Movilidad habilitado.
  • El aforo máximo, si no todos los asistentes cuentan con Pase de Movilidad habilitado, será 5.000 personas en espacios abiertos y de 1.000 personas en espacios cerrados.
  • Con todo, el aforo máximo no podrá superar de 1 persona cada 2 metros cuadrados de superficie útil, si es que alguno de los asistentes no tiene Pase de Movilidad habilitado.
  • Podrán consumirse alimentos.
  • En los aforos antedichos se considerará a los trabajadores.
  • No se podrán sumar los aforos de espacios abiertos y cerrados para una misma actividad, en caso en que alguna de ellas haya uno o más asistentes que no tengan Pase de Movilidad habilitado.
  • En un mismo recinto, y cuando existan asistentes que no tengan Pase de Movilidad habilitado, podrán realizarse simultáneamente más de una actividad independiente, siempre y cuando los asistentes de una y otra actividad no tengan ningún tipo de interacción, incluyendo baños y entradas y salidas.
  • Los espacios cerrados deberán cumplir con norma estándar de ventilación.
  • El o los organizadores de la actividad deberán informar si se exigirá o no Pase de Movilidad habilitado para el ingreso al recinto, tanto a los asistentes como a los trabajadores.

En el caso de una actividad que se realice en lugar abierto, en una localidad que retrocede al Paso anterior dos semanas antes del día en que se lleva a cabo la actividad, se permitirá la asistencia del público que, al momento de la entrada en vigencia del retroceso de Paso, ya contaba con su ticket, aun cuando el número total de ellas exceda el aforo permitido para el día de la actividad. No se permitirá la asistencia del público que, con posterioridad a la entrada en vigencia del retroceso de Paso, adquiere tickets y ello conlleva exceder el aforo máximo al día de la actividad.

  • De las actividades con interacción entre asistentes. Para la realización de este tipo de actividades, se deberán cumplir con las siguientes reglas: En Fase 5, de Apertura Avanzada:
  • No existirá aforo máximo, si todos los asistentes cuentan con Pase de Movilidad habilitado.
  • Si la totalidad de los asistentes no tiene Pase de Movilidad habilitado, el aforo máximo será de 250 personas en espacios cerrados y de 1.000 personas en espacios abiertos.
  • En los aforos se considerarán a los trabajadores.
  • No se podrán sumar los aforos de espacios abiertos y cerrados para una misma actividad, en caso en que alguna de ellas haya uno o más asistentes que no tengan Pase de Movilidad habilitado.
  • En un mismo recinto, y cuando existan asistentes que no tengan Pase de Movilidad habilitado, podrán realizarse simultáneamente más de una actividad independiente, siempre y cuando los asistentes de una y otra actividad no tengan ningún tipo de interacción, incluyendo baños y entradas y salidas.
  • Los espacios cerrados deberán cumplir con norma estándar de ventilación.
  • El o los organizadores de la actividad deberán informar, si se exigirá o no Pase de Movilidad habilitado para el ingreso al recinto, tanto a los asistentes como a los trabajadores     c. En el caso del literal b., el aforo total no podrá exceder de 1 persona por cada 4 metros cuadrados de la superficie útil destinada al público.