Sala de Prensa

7 enero, 2022

Tribuna de Arturo Guerrero, abogado de ECIJA en Costa Rica,  para La República.

¿Electronificar letras de cambio y pagarés?

La Ley número 10069, que entró en vigor el nueve de diciembre anterior, regula la emisión de letras de cambio y pagarés electrónicos (en adelante LCPE), e impactará potencialmente todo el tráfico de operaciones civiles y mercantiles en que las partes pacten el uso de estos documentos como garantía de pago. Desde las operaciones financieras que usan pagarés o letras “madres” y los que garantizan cada desembolso específico, el adelanto del primer desembolso a un constructor, líneas de crédito que conceden los comerciantes a sus clientes, operaciones de cuenta corriente mercantil no bancaria, ventas a plazo, hasta préstamos particulares o por parte de financieras no reguladas. En fin, una larga lista de negocios jurídicos que utilizan dichos instrumentos de garantía.

Es una práctica extendida en el mercado costarricense garantizar obligaciones de toda naturaleza y características con pagarés y letras de cambio, principalmente por la rapidez, sencillez y bajo costo que estos instrumentos representan, en comparación con otras garantías como la hipoteca o la prenda que, si bien pueden garantizar mejor un crédito al asignarle un activo o conjunto de activos específicos como garantía, son más complejos y costosos.

La nueva legislación procurar responder a una realidad por todos conocida: la digitalización de todos los segmentos de la economía, que se ha visto impulsada, en buena medida, por la pandemia del covid-19. Estamos ante grandes transformaciones, plataformas y servicios digitales globales, nuevos mecanismos de liquidez y financiamiento, entre muchos otros.

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