Sala de Prensa

21 julio, 2020

Las empresas que contraten personas extranjeras en condición migratoria irregular se exponen a multas que oscilan entre los 900 mil y los 5 millones de colones.

 

Mediante el Decreto N° 42406-MAG-MGP publicado en La Gaceta el martes 23 de junio de 2020 entró en vigencia un procedimiento especial para que las personas extranjeras que hayan ingresado a territorio nacional entre el día 15 de enero de 2016 y el día 15 de enero de 2020, y que realicen actividades en el sector agro puedan regularizar su permanencia en el país, obteniendo una Categoría Especial Migratoria para Trabajadores Temporales del Sector Agropecuario, Agroexportador o Agroindustrial. Inclusive aquellos que laboran por cuenta propia o en relación de dependencia.

El permiso será otorgado por el plazo de un año, con la posibilidad de renovación por periodos de dos años. La vigencia del Decreto es hasta el 22 de diciembre del 2020. Paralelamente, mediante el Decreto Ejecutivo número 42475-MAG-MGP, publicado en La Gaceta del 16 de julio de 2020, se adicionó un transitorio que indica que, a partir del 23 de setiembre del 2020 se cobrarán multas para aquellos patronos que contraten extranjeros sin el permiso necesario para laborar o sin haber iniciado el trámite especial que aquí se desarrolla.

Se hace la aclaración de que es únicamente para aquellas compañías que su giro comercial es del sector agro, puesto que para todas las empresas costarricenses en caso de contratar personal extranjero sin la debida autorización migratorias se exponen a multas.

Se les recuerda a las empresas del sector aquí descrito, la importancia y la posibilidad de proceder a regularizar a sus trabajadores, siendo ésta una opción viable y más ágil para la regularización de sus trabajadores. Es una oportunidad para solucionar la permanencia legal a sus colaboradores, asimismo, se insta a los trabajadores extranjeros del sector agro aprovechar este procedimiento especial para regularizarse en el territorio nacional.