Sala de Prensa

31 julio, 2020

El pasado primero de julio, la Comisión de Ambiente de la Asamblea Legislativa rindió dictamen afirmativo y remitió al Plenario el proyecto de ley número 20.212, “Ley para La Gestión Integrada del Recurso Hídrico”, que vendría a sustituir la regulación jurídica actual, la Ley de Aguas del 27 de agosto de 1942.

 

Este nueva iniciativa busca proveer al país con un instrumento legal moderno, acorde con las necesidades del país y que le permita regular el aprovechamiento y el uso sostenible del recurso hídrico, tomando en consideración la variable climática.

 

Sin embargo, es importante mencionar que dicho proyecto no es nuevo y que la discusión sobre el mismo inició hace más de 20 años. Durante este tiempo, varios proyectos para actualizar la Ley de Aguas han sido discutidos, incluso han recibido primer debate, pero por diferencias de criterios, faltas de estudios técnicos y tropiezos constitucionales, no han logrado el apoyo suficiente para su aprobación en la segunda ronda de votación.

 

No obstante, no todo ha sido en vano, pues el nuevo texto rescata muchos de los objetivos y lineamientos contenidos en otros proyectos y que responden al acuerdo alcanzado entre diferentes fracciones legislativas, instituciones y sectores que han venido trabajando la actualización de la Ley de Aguas durante todos estos años.

 

Actualmente el marco normativo asociado a los recursos hídricos en Costa Rica está compuesto por una serie de leyes y reglamentos que otorgan competencias a varias instituciones. Se ha caracterizado por ser complejo, disperso y con poca coordinación para la debida ejecución de las políticas hídricas. Lo anterior, junto con los vacíos legales y la falta de mecanismos de control por parte del estado, han permitido por años la sobre explotación del recurso hídrico y la contaminación de los cuerpos de aguas.

 

En ese sentido, esta nueva iniciativa de ley implementa un reordenamiento del sector hídrico creando órganos técnicos como la Dirección Nacional de Aguas (DNA), las unidades de planificación del agua y las unidades hidrológicas. Su objetivo es facilitar la planificación, la coordinación y las acciones en materia de recurso hídrico. Además, dispone de regulaciones para las áreas de protección, los cuerpos de agua y establece un régimen financiero del agua por medio de la creación de un canon; novedosamente promueve la reutilización del agua, incluye la variable climática en la gestión hídrica, e incluye unidades de medición con el fin de determinar la cantidad y la calidad de las aguas.

 

La nueva propuesta también incorpora elementos de participación ciudadana y consulta pública. En ese sentido, las propuestas del Plan Hídrico Nacional, el balance hídrico nacional y los planes hídricos de unidad hidrológica se someterán a consulta pública y la población podrá formular observaciones, aclarar dudas y presentar modificaciones a dichas propuestas. Además, la población contará con un Sistema Nacional de Información Hídrica, el cual garantiza el acceso libre y oportuno a la información por parte de las personas interesadas. Lo anterior es necesario tomando en cuenta que en la actualidad hay varias bases de datos generadas en instituciones públicas relativas al recurso hídrico y no todas están disponibles al público, principalmente por limitaciones de tipo tecnológico o por ser calificadas como de acceso restringido.

 

Por ultimo, es importante mencionar que en el texto del proyecto se conceptualiza por primera vez el suministro de agua potable y el saneamiento como un derecho fundamental. Así reconocido por la Sala Constitucional en reiterada jurisprudencia, y por otros instrumentos internacionales de Derechos Humanos aplicables en Costa Rica. En ese sentido, es importante recordar que, como países signatarios de esos convenios internacionales y desde la perspectiva del Derecho Internacional, Costa Rica debe respetarlos y hacerlos efectivos desarrollando legislaciones como la que aquí se propone.

 

En relación a lo antes expuesto, no podemos dejar de mencionar que el proyecto mejora, y por mucho, la ley actual que nos rige, y que la actualidad económica, social y ambiental exige con urgencia la promulgación de una nueva ley.