Sala de Prensa

15 junio, 2016

«Europa avanza hacia el reconocimiento de la economía colaborativa», artículo de Antonio Balibrea, asociado senior de ECIJA, para LegalToday.

Es evidente que la economía colaborativa ha permitido, desde hace ya algunos años, que los agentes económicos se relacionen de una manera distinta a cómo venían haciéndolo, gracias al desarrollo, entre otros factores, de plataformas digitales que facilitan la conexión entre oferentes y demandantes de servicios y productos, facilitando la consecución de las expectativas de ambos grupos.

Esta nueva realidad social y económica adolece de un gran déficit en lo que a regulación se refiere, tanto desde el plano de las relaciones privadas entre los agentes, como en cuestiones de orden público tales como fiscalidad, empleo o cuestiones administrativas.

En este sentido, son numerosos los expedientes judiciales y administrativos sancionadores a los que en la actualidad se están enfrentando las plataformas de intermediación, con unas normas que no terminan de dar solución a los nuevos modelos digitales.

En este contexto, la Comisión Europea ha emitido recientemente un informe no vinculante que aspira a convertirse, al menos de manera transitoria, en una guía para autoridades públicas, operadores económicos y ciudadanos, clarificando cómo deben de ser aplicadas las leyes europeas para el desarrollo de la Economía Colaborativa.

En este informe, la Comisión Europea se ha posicionado a favor del desarrollo de la Economía Colaborativa como un nuevo modelo económico, en tanto que es una fuente de riqueza y empleo para la economía europea y una oportunidad tanto para consumidores como para emprendedores.

Por ello, en el intento de que el desarrollo de la Economía Colaborativa se haga de manera sostenible y responsable, la Comisión Europea entiende que es necesario establecer unos criterios comunes y no vinculantes en aspectos tan esenciales como (i) Regulaciones en el establecimiento; (ii) Régimen de responsabilidades; (iii) Protección de usuarios; (iv) Fiscalidad y (v) Relaciones laborales; entre otros aspectos.

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