Tras una denuncia anónima es legal leer el email de un trabajador
Noticia publicada en Expansión, con la opinión de Raúl Rojas, socio de ECIJA.
El empleado denunciado de manera anónima por otro empleado envió información reservada para favorecer a un proveedor frente a los demás.
Muchos de los problemas de espionaje o filtraciones empresariales ocurren por no contar con una buena estrategia empresarial para proteger sus secretos y tener a trabajadores descontentos. A un asunto semejante se ha tenido que enfrentar el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, que ha tenido que determinar la procedencia o no de una sanción disciplinaria -suspensión de empleo y sueldo de 30 días- por la supuesta comisión de una infracción grave: el trabajador filtró información reservada de datos de la empresa para favorecer a un proveedor frente a los demás.
El caso en cuestión tiene una doble vertiente. Por un lado, la compañía tuvo constancia de la posible infracción por la comunicación que le remitió uno de sus trabajadores, que denunció de manera anónima a través del canal ético de la empresa. Por otro lado, y ahora directamente relacionado con el procedimiento sancionador, la firma decidió acceder al correo electrónico del supuesto infractor para comprobar si los hechos denunciados eran ciertos o no.
Pues bien, como explica Raúl Rojas, socio del área de laboral de Ecija, «el trabajador sancionado alegó en su recurso que una denuncia anónima carecía de valor probatorio al ser contraria a los derechos fundamentales. Sin embargo, la sala ha apuntado en su sentencia que la sanción impuesta no descansaba exclusivamente en la denuncia realizada a través del canal ético, sino en un procedimiento de investigación que la empresa llevó a cabo tras la recepción del chivatazo».
Además, el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha insiste en que el soplo sólo se podía realizar de manera anónima, puesto que el trabajador sancionado era un empleado con posición de poder y el denunciante podía temer que su acto conllevara represalias laborales.
El letrado comenta igualmente que el acusado también alegaba en su recurso que sus derechos a la intimidad y al secreto en las comunicaciones habían sido vulnerados al haber accedido la empresa a su correo electrónico para investigar la supuesta infracción. Por esa razón, el trabajador sancionado insistía en que las pruebas obtenidas por este método carecían de valor probatorio.
«La sala desestima igualmente este argumento ya que las políticas internas de la compañía contemplaban expresamente la posibilidad de acceder a la información almacenada en los dispositivos puestos a disposición de los empleados», indica Rojas. Además, insiste el experto, dichas políticas recogían expresamente la prohibición de enviar por mail información confidencial a personas ajenas a la compañía.
EL ‘WHISTLEBLOWING’
Hasta el momento, la mayor parte de la empresas ha implementado código éticos o de conducta para fijar los estándares de comportamiento de la compañía y de los empleados, así como los límites que no se pueden sobrepasar. Frente a este tipo de casos, el marco legal debería cambiar radicalmente este año, puesto que el 17 de diciembre vence el plazo para transponer la directiva europea ‘whistleblowing’, que impone un conjunto de obligaciones a las empresas y busca asentar un marco legislativo claro sobre las denuncias de irregularidades y actos de corrupción.