Sala de Prensa

13 noviembre, 2014

‘Futuras modificaciones del Código Penal. Del acoso al cyberbullying’, un reportaje con la opinión de Alonso Hurtado, socio de Information Technology de ECIJA.

Las nuevas tecnologías, y en especial Internet, han traído consigo una serie de delitos con exóticos nombres como el cyberbullying –acoso psicológico a través de medios telemáticos–; el grooming –obtención de grabaciones íntimas de niños con fines pornográficos–; o la sextorsión –chantaje a una persona por medio de una imagen de sí misma desnuda–. Éstas, y otras muchas infracciones potenciadas por la Red, están provocando que se dicten sentencias tan llamativas, y hasta ahora desconocidas, como la pena de cárcel impuesta a un ciudadano japonés que fabricó pistolas mediante una impresora 3D.

Frente a este tipo de situaciones, cabe preguntarse si estos hechos son nuevos delitos o simplemente viejos conocidos del Código Penal (CP) disfrazados y amplificados por las herramientas 2.0. “La mayor parte de los delitos que se dan en Internet son infracciones antiguas que, simplemente, han sufrido un lavado de cara. Aquí hay que distinguir entre dos tipo de delitos: los específicos de las TIC, que no podían llevarse a cabo hasta hace unos años, y los delitos clásicos disfrazados y que han sido introducidos en esa inmensa batidora que es la Red”, explica Pablo García Mexia, of counsel de Ashurst y experto en derecho de internet y nuevas tecnologías.

“Cada evolución tecnológica plantea un nuevo reto legal. Los delitos contra la seguridad informática no entraron en nuestro Código Penal hasta 2010 y, en un futuro, este reglamento seguirá evolucionando. Sin embargo, por ahora, Internet sólo ha provocado que los viejos delitos tengan mayor alcance y provoquen más daños colaterales”, añade Alonso Hurtado, socio de tecnología de la información de ECIJA.

Nuevos retos

Para ambos, cada uno de los delitos que tienen un reflejo en la Red pueden solucionarse con las normas existentes.

Desde el ciberbullying, que sería perseguido como un delito de acoso, hasta el conocido porno por venganza (publicación de fotos comprometidas en Internet), que es un atentado contra la propia imagen, el honor y la intimidad, así como el asunto de las impresoras 3D, que en el caso del ciudadano japonés podría haber incurrido en un delito de violación de propiedad industrial o contra la normativa sobre armas de fuego del país.

“No hay duda de que estos delitos están ganando terreno y el incremento de los dispositivos móviles provocará que sigan creciendo. Sin embargo, los jueces tienen armas para sancionarlos y su difusión en la Red podría agravar la pena, si así apareciera tipificado en el CP”, dice Hurtado. En este sentido, cabe destacar que la reforma de nuestro reglamento penal, desarrollado por Alberto Ruiz-Gallardón, ha tenido en cuenta este efecto amplificador de Internet en varios de sus artículos.

Manga ancha

Frente a este crecimiento de delitos, los letrados discrepan en cómo debería ser el CP en el futuro. Mexia asegura que el legislador debería ampliar los tipos delictivos para que muchos casos no fueran sobreseidos.“Internet ha roto muchos equilibrios en el mundo legal y en el derecho penal y es necesario que los tipos delictivos no sean tan estrictos para poder atrapar a los delincuentes”, comenta.

Sin embargo, Alonso se opone manifiestamente a esta suerte de manga ancha en el Código Penal. “Este tipo de derecho debería estar reservado a situaciones realmente graves y no ampliarlo a otros ámbitos que deberían quedar fuera del derecho penal. Si un acto nuevo no estuviera tipificado, siempre quedaría la vía civil para perseguirlo, hasta que entre en el Código Penal”.

Futuras modificaciones del Código Penal

La reforma del Código Penal propuesta por el exministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, incide en el mundo de las nuevas tecnologías y en Internet, y avanza en la tipificación y endurecimiento de las sanciones frente a asuntos como la protección de menores, la intimidad o la protección de la propiedad intelectual. Sin embargo, esta revisión no será tan revolucionaria como lo fue aquella que se llevó a cabo en 2010 y que tipificó definitivamente los delitos de contra la seguridad informática.

“Hasta hace cuatro años, muchos ciberataques a empresas o instituciones del Estado quedaban impunes al no estar tipificados como delitos en el Código Penal. La situación ha cambiado profundamente desde entonces. Este reglamento vivirá en el futuro una nueva revolución, pero ésta dependerá de los cambios tecnológicos que tengan lugar”, explica Alonso Hurtado, socio de tecnología de la información de ECIJA. Aunque todavía es pronto para asegurar cual será la próxima evolución que traerá nuevos delitos, el experto en nuevas tecnologías apunta a los microchips corporales, que están ganando terreno y podrían llegar a manipularse y a generar nuevos delitos.

Enlace al reportaje en ed. impresa: Futuras modificaciones del Código Penal. Del acoso al cyberbullying’

Enlace al reportaje en ed. digital: http://www.expansion.com/2014/11/13/juridico/1415897807.html